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Extensión
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2 fojas
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Resumen
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El comisario Marcelino Oreja sostiene que los derechos exclusivos para eventos deportivos importantes son compatibles con el derecho comunitario.
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La propuesta de liberalización para permitir que BSkyB adquiera en exclusiva los derechos de grandes eventos deportivos fue rechazada.
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Marcelino Oreja propone que en lugar de listas fijas, los gobiernos de la UE acuerden un método para definir eventos deportivos de acceso público.
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El director general de Canal Satélite, Jaume Ferrús, denuncia que el nuevo reglamento gubernamental.
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Tipo
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Artículo periodístico
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Clasificación
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UAMC.MAGC.01
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Sububicacion
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Sobre
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Texto completo
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EL PAíS, JUeves 30 de enero de 1997
~z•u~;~s~u~c~t~E~IJ~AtPIJ~------------------------------------¡cF'f
<>
~~~~l Ci\CI()~
Rodríguez: "No
tengo conocimiento
en este momento
de una regulación"
La Comisión Europea deflende la legalidad
del deporte codificado en televisión
Sólo se garantiza la transmisión en abierto de Juegos Olímpicos y eventos específicos
XA VIER VIDAL-FOLCH 1
WALTER OPPENHEIMER, Bruselas
Los derechos exclusivos tienen "un papel importante" que jugar en eL desarrollo de la televisión y del deporte, y no atentan contra el
derecho comunitario. Así lo sustenta el doLas líneas maestras del documento, Derechos exclusivos para las
emisiones televisadas de grandes
acontecimientos (deportivos ), han
sido acordadas por el ponente,
Marcelino Oreja (Audiovisual)
con sus colegas Mario Monti
(Mercado Interior) y Karel van
Miert (Competencia). Martín
Bangemann (Tecnologías de la Información) es el único que postula
no intervenir y aplazar el tema. El
texto sugiere establecer un coto reservado optativo y muy limitado
de grandes eventos para las emisiones en abierto, de forma más
suave que la pedida por el Parlamento Europeo.
Pero es mucho más contundente a la hora de garantizar los derechos de los clubes y las emisiones
codificadas: "Los derechos exclusivos deportivos son una mercancía comercial, que juega un papel
importante en el desarrollo del
mercado de la televisión y de los
propios deportes", proclama de
entrada el documento. "Son inherentes a la economía del sistema
audiovisual", insiste. "La adquisición y ejercicio de los derechos exclusivos es, en príncipio, coherente
con el sistema jurídico de la Comunidad", remata apoyándose en
dos sentencias del Tribunal de Luxemburgo.
Más aún, "el sector del deporte
se beneficia" de "la nueva dimensión" de esos derechos, y también
la televisión de pago. Pero hay que
afrontar los problemas de competencia, debido al "riesgo de concentración" de los mismos; y de
acceso público a los grandes eventos, por la "baja penetración" de
la televisión de pago. ¿Cómo?
Buscando un "equilibrio entre las
consideraciones de interés público
y las preocupaciones de los operadores de la televisión de pago y las
federaciones deportivas".
cumento del comisario Marcelino Oreja que
la Comisión discutirá la semana próxima y al
que ha tenido acceso EL PAÍS. La propuesta, que busca en esta polémica un equilibrio
entre el liberalismo y el intervencionismo, estriba en que aquellos Estados miembros de
la Unión Europea (UE) que lo deseen se reconozcan mutuamente un número "limitado" de acontecimientos de gran "trascendencia" que deban ser transmitidos, como caso
excepcional, en sistemas de televisión en
abierto.
La Europa de la televisión cQdificada
Posibilitar resúmenes Acontecimientos en abierto
Establecimiento por ley de
la obligación de posibilitar
a cadenas que emiten en
abierto la realización de
coberturas para resúmenes
o titulares propios
Establecimiento por ley
o acuerdo de una lista
de acontecimientos que
no pueden emitirse
de forma codificada
.
Países sin normativa
España, Grecia, Suecia,
Finlandia yLuxemburgo
JJ 00 de verano e invierno, el Tour, campeonatos mundial y europeo de fútbol,
Cinco Naciones de rugby cuando juega Francia, final de la Copa francesa de fútbol.
Sí
Francia
El resto de acontecimiento pueden ser emitidos en codificado por Canal Plus.
Sólo zona flamenca: competiciones mundiales y europeas,
encuentros y campeonatos de todos los deportes salvo el
Bélgica
fútbol. Una emisora es licenciataria para el fútbol codificado.
Obligación de emisión en a ierto para los acontecimientos
Sí
políticos "de interés públic relevante".
Portugal
En proceso de elabora_¡:· n
de la lista.
Italia
Sí, recurrida ante el
Alemania Tribunal Constitucional
Sólo en "circunstancias
Con normativa
muy acotadas"
Dinamarca
Aún no tiene ley al respecto
Sin normativa
pero es partidaria de ella
Austria
Sí
Holanda
•
EL PAÍS
Para lograrlo examina tres
puntos de posible fricción a la luz
del derecho europeo:
..,.. Competencia, neutralidad. El derecho de la competencia no puede
garantizar "la protección buscada" por el Parlamento, porque
"las normas de competencia son
neutrales" entre los distintos tipos
de emisoras, y no puede "favorecer" a las que emiten en abierto
sobre las que codifican. Sólo puede evitar que éstas cierren un mercado, limitando la duración de los
derechos de exclusiva y el número
de temporadas comprometidas.
Como explica una fuente cercana al comisario Karel van
Miert, esos derechos "no causan
problema a la competencia, salvo
si quienes los ostentan otorgan su-
blicencias que impidan el acceso a
resúmenes·'.
..,.. Libre circulación. El objetivo de la
UE es "asegurar la libre circúlación de los servicios audiovisuales", uno de cuyos componentes
son los programas sujetos a derechos exclusivos, que podrán transmitirse cruzando las fronteras estatales "y mediante la contrapartida de un pago". Como norma, un
Gobierno no podrá restríngir esa
libre circulación: las "listas nacionales" de grandes eventos "protegidos de la adquisición de derechos exclusivos pueden considerarse restricciones" ilegales. Las
excepciones a esta regla sólo se
justificarían por razones de "interés público" y siempre que sean
"proporcionadas" a unos objeti-
vos de "orden público, seguridad
y salud públicas". Como ejemplos, se citan los JJOO, los Mundiales y Europeos de Fútbol o espectáculos de "carácter genuinamente nacional" como el Tour de
Francia o el cricket inglés.
..,.. Derecho a la información. Hay que
garantizar el derecho a la información de la mayoría que no dispone
de televisión de pago, indica el texto. Este principio debe conjugarse
con los de la libertad contractual y
del derecho de propiedad. "Es
particularmente necesario evitar
una excesiva interferencia con los
derechos de propiedad del propietario de las instalaciones" nos clubes] ( ... ), " los del organizador y
los del titular de los derechos exclusivos".
Sólo ocho pruebas, fuera Marcelino Oreja es
de los canales de·
· partidario de consultar
pago en el Reino Unido a federaciones y cadenas
LOLA GALÁN , Londres
Los intentos de British Sky
Broadcasting, la televisión de
pago británica, de comprar los
derechos de retransmisión de los
más importantes acontecimientos deportivos internacionales y
nacionales contó con el apoyo
del Gobierno conservador británico, partidario de una total liberalización. Sin embargo, el proyecto de ley tory se encontró con
un escollo importante: la Cámara de los Lores. Lps representantes de la Cámara Alta del Parlamento británico votaron en contra de esta liberalización -por
223 votos frente a 106-, dejando la retransmisión de estos
acontecimientos deportivos en
manos de televisiones abiertas.
La tesis que prevaleció en la cámara fue que estos acontecimientos deberían quedar al al-
canee de la mayoría de los telespectadores. Los conservadores
consideraban contrario a su
ideario liberal la prohibición que
existía en la ley de 1990 de que
una cadena de pago como
BSkyB pudiera adquirir en exclusiva los derechos de retransmisión de los grandes eventos
deportivos considerados de interés general. La apuesta de
BSkyB se dirigía a ocho fundamentales acontecimientos deportivos: los Mundiales de Fútbol,
Juegos Olímpicos, grandes carreras de caballos como el Derby
y el Gran Nacional, la final de la
Copa de fútbol , el Test de cricket, el torneo de Wimbledon y
los Mundiales de fútbol. BSkyB
y la estatal BBC comparten, sin
embargo, los derechos de la Liga
de Fútbol. BSkyB emite en codi-.
ficado.
EL PAÍS, Bruselas
Para asegurar los principios
de competencia , neutralidad ,
libre circulación y derecho a la
información, el comisario español Marcelino Oreja rechaza dictar listas porque pueden
ser o " demasiado cortas " o
" demasiado larg a s ". En su
opinión, es mejor optar porque los Quince se pongan de
acuerdo " en el método de fijar" los espectáculos abiertos .
Así , Marcelino Orej a propone que el Gobierno qu e
quiera intervenir déba , a nte
todo, evacuar "consultas públicas con las par4s interesadas, como las federaciones deportivas y las cadenas". Segundo , fijaría un "número limitado" de "acontecimientos
de gran trascendencia" , a los
que se deba dar "un adecuado
nivel de acceso público" , pudiendo elegir incluso alguno ·
sometido a derechos exclusivos, el aspecto más intervencionista de la propuesta realizada.
Tercero , todo se haría
"dentro de un marco comunitario" : es decir , cada Gobierno comunicaría a la Comisión
su "esquema", y ésta lo trasladaría a los otros catorce, quienes se reconocerían mutuamente el cot o r ese rvado
- siempre mu y limita do- a
emitir mediante televisión en
abierto.
Si esta propuesta expresada por el comisario español
Marcelino Oreja se abre camino en la Comisión, luego deberá pasar el cedazo del Consejo de ministros y el Parlamento Europeo.
J. G. 1.. Madrid
El Gobierno se desentendió
ayer, a toda velocidad, del intento de regular - es decir,
autorizar y prohibir- las retransmisiones deportivas que
las cadenas privadas de televisión pueden realizar con sistema codificado o de pago por
ver. El portavoz del Gobierno, Miguel Ángel Rodríguez,
rehuyó comentar si el Gobierno "espera" o "desea., una directiva comunitaria que permita regular los derechos sobre transmisiones de fútbol.
Pero subrayó que el Gabinete
" tiene obligación de trasladar
a España" las directivas comunitarias cuando son aprobadas.
Tras replicar que " quien
está defendiendo en el Parlamento europeo la regulación
de ese tipd de derechos es el
PSOE", invocó que "existe un
debate en toda Europa , en
todo Occidente" sobre la conveniencia de permitir o no las
transmisiones de futbol codificadas y trató de sostener que
"los Gobiernos defienden los
intereses generales, mientras
las empresas defienden sus intereses particulares, su dinero " . Luego, indicó que "en
este momento no hay una decisión tomada. La única decisión es que el descodificador
sea universal, porque es bueno para los consumido~es" .
Términos desabridos
El vicepresidente del Gobierno, Francisco Álvarez Cascos, no atendió las llamadas
de este diario para explicar la
posición oficial del Ejecutivo.
Algunos representantes del
Gobierno y del PP respondieron en términos desabridos.
El secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, José
María Michavila, número dos
de Francisco Álvarez Cascos,
encargado de defender en este
terreno los intereses del Gobierno, respondió oficialmente: "No tengo ni puta idea. Lo
que he leído no sé a qué se refiere. De lo de los descodificadores me enteré por el periódico. Conozco las leyes cuando entran en el Parlamento".
El portavoz del Grupo Popular en el Congreso de los
Diputados, Luis de Grandes,
declaró: "Si un periodista me
pregunta hoy por ese asunto,
con el que parece que se quiere tapar el escándalo de los
200.000 millones de pesetas
que va a dejar de percibir la
Hacienda pública, no le contesto". Luego añadió que era
" una broma". En otro momento indicó que la regulación de las emisiones codificadas de partidos de fútbol por
televisión " sería una contradicción con lo que el Gobierno viene defendiendo'·.
Sin embargo, la portavoz
del Partido Popular sobre política de telecomunicaciones,
Ana Mato, reconoció que ese
asunto ha sido abordado en la
Comisión de Telecomunicaciones del PP, e invocó que
existe una recomendación del
Parlamento europeo en favor
de que las retransmisiones deportivas de interés general
sean transmitidas en abierto .
COMUNICACIÓN
EL PAÍS, jueves 30 de enero de 1997
SOCIEDAD 125
El reglamento de TV digital está hecho
"directamente'' contra Canal Satélite
Alegaciones de la empresa afectada al Consejo de Estado en vísperas del dictamen
EL PAÍS. Madrid
Impedir que Canal Satélite Digital pueda
iniciar la comercialización de sus servicios
a partir de mañana es el objeto principal
El Consejo de Estado, presidido por Íñigo Cavero, está integrado por Landelino Lavilla,
Miguel Rodríguez-Piñero, Jerónimo Arozamena, Fernando
de Mateo Lage, Antonio Sánchez del Corral, Gregorio Peces-Barba del Brío, Miguel Vizcaíno y Antonio Pérez-Tenesa.
Canal Satélite recuerda que
un proyecto de reglamento de
la Ley del Satélite se hallaba ya
totalmente tramitado y pendiente sólo de la aprobación
por el Consejo de Ministros.
"Ahora se mantiene inmaculado ese proyecto de reglamento
y se le inserta, de prisa y corriendo, unas normas de incorporación al derecho español de
la directiva 95/47/CE".
Y se añade: "Resulta muy
iluminador igualmente que la
necesidad de este nuevo e improvisado reglamento no se
haya advertido más que en las
últimas semanas. Y que el texto
que el Gobierno remitió al
Consejo de Estado el pasado
día 4 de diciembre de 1996 no
contuviera mención alguna a la
directiva 47/95, ni a su incorporación a nuestro ordenamiento, ni a las medidas de intervención administrativa que
hoy se pretende establecer".
"Resulta inevitable la conje-
del proyecto de reglamento de la Ley del
Satélite, que el Gobierno pretende promulgar mañana mismo tras una consulta urgente al Consejo de Estado. Así lo aflrma
tura de que un acontecimiento,
en principio tan ajeno al régimen legal de la televisión digital
como lo fue el' acuerdo de 24 de
diciembre de 1996 por el que
Canal Satélite Digital adquirió
los derechos del llamado pay
per vie11· del fútbol, puede haber
sido determinante para esta iniciativa reglamentari¡(.
El recurso alega la incompetencia del Consejo de Ministros
para tomar una decisión como
ésta. Una norma que afecta a
los derechos fundamentales de
libertad de empresa y de libertad de información debe hacerse por ley. "La potestad reglamentaria no puede imponer registros administrativos, ni homologaciones previas, ni cercenar en manera alguna esa libertad si antes el legislador no le
ha autorizado de manera expresa y concreta para ello; menos aún puede hacerlo cuando
se trata de restringir una actividad empresarial en el ámbito de
los medios de comunicación".
Las normas sobre homologación o normalización y de registro administrativo, previas a la
comercialización de Jos descodificadores necesarios para la
televisión digital, infringen los
artículos 14 y 20 de la Constitución, ya que está.n "directamen-
Economía rechazó hace
dos semanas el decreto
sobre la Ley del Satélite
Íñigo Cavero.
te encaminadas" a impedir el
ejercicio del derecho fundamental de comunicación.
A su vez, cualquier imposición de condiciones no previstas en la directiva que se pretende trasponer va en contra del
derecho comunitario.
El intento de impedir a Jos
operadores de servicios codificados que se introduzcan en el
mercado si no obtienen una
"previa normalización'' de los
sistemas de acceso condicional
[descodificación] que pretenden
"En consecuencia, parece
más razonable que la única distinción entre servicios se haga
en función de la necesidad o no
de contar con una concesión
para utilizar el dominio público
radioeléctrico, pero no en función del tipo de servicio".
Para la Dirección de Política
Económica, es "especialmente
rechazable" la definición de un
nuevo servicio de telecomunicaciones (la gestión del segmento espacial) y sobre todo su reserva en favor el Estado. "De
este modo, se elimina la capacidad de actuación del sector privado en este campo sin que se
aporte justificación alguna",
señala el informe. Entre las
abundantes observaciones presentadas resalta "la indefinición" de la figura del titular del
explotar, así como la exigencia
de un registro previo de empresas de estas características,
constituyen "un grave desconocimiento de los principios de libre circulación y mutuo reconocimiento" de las actividades
normalizadoras de otros Estados miembros de la UE y de los
organismos europeos.
Además -añade el textose atrib_uye a la Comisión del
Mercado de las Telecomunicaciones una competencia no prevista de dictar resoluciones de
obligado cumplimiento en caso
de conflicto. Esto es "totalmente y absol utamente contrario" a
la directiva 95/47.
En cuanto a la obligación,
establecida en el proyecto de
decreto, de que Jos operadores
de servicios codificados suministren las listas de clientes abonados a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones "viola lo establecido en la
Ley de Protección de Datos, en
la Ley de Propiedad Intelectual, y supone una intromisión
inadmisible de la Administración en los secretos comerciales
de los operadores de servicios
de acceso condicional y una falta de respeto a los propios abonados, a los cuales no se les
consulta esta obligación".
Dirección Genertl de
Polltlea Económica y
Defensa de la Com~Miencla
MINISTERIO: Fomento (MF).
ASUNTO:
EL PAÍS, Madrid
el director general de Canal Satélite, Jaume
Ferrús, en el pliego de alegaciones presentado ante dicha institución en contra del
proyecto gubernamental.
Real Oe<nto por el que se apo¡eba el Reglamento Té<nlec y de
Pt113tación del servicio de teleeomf.l"'ic:aclones por sa1élite.
El consejo de
Canal 9 no aprueba
su entrada en la
plataforma oficial
FERRAN BONO, Valencia
El consejo de administración de
Radio Televisión Valenciana
(RTVV), con mayoría de representantes del PP y de UV (socio
de gobierno en la Generalitat valenciana), aplazó ayer hasta el lunes la votación definitiva sobre
la adhesión a la plataforma digital impulsada por Telefónica al
protestar los consejeros sócialistas por no haberse incluido este
punto en el orden del día de la
reunión. El director general de
RTVV, José Vicente Villaescusa,
reclamó insistentemente el apoyo del consejo para poder firmar
hoy la constitución de la sociedad que gestionará la plataforma
citada e, incluso, se llegó a proponer la convocatoria de un consejo extraordinario inmediatamente después del celebrado ayer
para realizar expresamente lavotación.
No obstante, ante la discusión que se originó a causa de la
negativa de los socialistas, Villaescusa optó finalmente por
aplazar la votación al lunes y restó importancia al hecho de asistir
a la reunión de constitución de la
plataforma sin el respaldo oficial
del consejo que, dada la mayoría
del PP y de UV y el apoyo mostrado de EU no tendrá problemas para que la adhesión sea
aprobada el lunes. Este diario intentó ponerse en contacto con
Villaescusa a última hora .de la
noche sin poder localizarlo.
Así pues, RTVV cuenta únicamente con la votación celebrada el pasado 29 de noviembre en
la que, por unanimidad, los consejeros aprobaron el inicio de negociaciones con la plataforma
digital impulsada por Telefónica
con el objeto de no ser excluida
del proyecto y la firma del protocolo de intenciones. Meses después y ante el cariz de los acontecimientos, los consejeros socialistas han cambiado su posicionamiento y proponen entablar
negociaciones con Canal Satélite
Digital argumentando su mayor
viabilidad económica y la defensa de los derechos audiovisuales
que adquirió Canal 9 del Valencia C.F.
Oeafsvorable.
La Dirección General de PolítiCONC~USIONES.
ca Económica y Defensa de la
El MF presenta un proyedo de Real Decreto por el que so aprueba el
Competencia (DGPECOM),
Reglamento Téc.1tco y de Prestación del servicio Ce leiDCOmun!caclones por
dependiente del Ministerio de
satélite, pieza básico para CJJmlnar la liberalización del sector rec:oQiéa en la Ley
37/1995, de Telecomunic.aclone3 par Satélite, y que se presenta con un retraso
Economía y Hacienda, ha emida 21 moaea respecto al plazo méximo para .su aprotadón. La documentse!ón
,.... pru••"Ultada no lnduye memoria alg'..lne, esl como tampoco el informe del Conseto •
tido un informe desfavorable al
de Eshido ni del Consejo Asesor de TetecomuniC8Ciones ni una exposición Ca
texto del decreto elaborado por
motivos
el departamento de Fomento,
El proyecto consta de t:es artfCI.ilos de c::uécter general, l[es
disposldOnes adicionales. una derogatoria y dos finales, a si como Ca un Anexo.
acerca del reglamento sobre la
qlj&-es el verdaderamente lr:l~orten:e al reQular lss conciclones de prestación C:el
tervicio.
Ley del Satélite.
Ese texto resulta "muy comNo cbatan!e Jo an~ertcr, es fundamental destaC2/ que en la tercera
disposición adicicnal el MF sstaéi8Ce les condiciones de liberslizsci6n éel
plejo en su redacción y no aclaseNic/o final de telefont' b'•ir:a para les operadoras ce CIJble. En COI'!.c::-e:o.
determina au lit::eralind~n para enero de 1996, exigiendo qua 1ute servicio se
ra aspectos que son vitales para
pre&:o, hasta su completa !lberalizac.'ón, a través Ce la propia red Ca
establecer el verdadero grado
\nfreoat.ruduras del concestonario. y que lo pres!ación de cada uno de les
dlatlntos servicios (urbano, inten.:rbano e intamadcnal) podrá ser objeto Ce
de liberalización que se propoautonzac:ionas especificas.
ne", según el documento.
EL PAÍS. Madrid
El wn:anido del Reglamento se divide en Ws titul~. cuatro dlsposlciOt\es
lra..,silolias y un Anoxo t6al.'t:o. El pr¡mer Titulo establece, fundomentalmenta, las
Dicho departamento afirEl
secretario
general
de Comunicondiciones pota e! otorgamiento de las opo;tunaa autoraacione' y concesior.es .
ma, entre otras cosas: "No pacaciones, José Manuel Villar,
d!ferer.dando Jos servicios de satltlile enl!e portadores (transporte}, ssrvic:Os Ce
cará~()r ooneral y servioos do telavisiór. ;:or 3etéllte. A! moroen do es:ablecer U!"'
rece razonable diferenciar el
manifestó ayer que el Ministerio
sistema muy con~so . sa exigo o ~odo interesado aaeditar le existencia de
contratos con los l' amados titularos do segmento espacial (ae onllenda que
servicio de televisión por satélide Fomento aceleró el reglamente del resto de servicios de coto de la Ley de Telecomunicaciomunicaciones por satélite", tal
nes por Satélite "impelido por la
y como aparece en el artículo 5 segmento espacial.
Comisión Europea".
del decreto que se pretende proTampoco se justifican, se- Primera página del informe de Economía.
Villar señaló que el comisario
mulgar mañana mismo por el gún este departamento, los mode la Competencia, Karel van
Consejo de Ministros. "La tivos por los cuales el solicitan- Fomento se establezcan las bres en el inversor, algo "difíciMiert, remitió "el pasado 16 de
prestación del servicio de tele- te de una autorización ha de condiciones del servicio de tele- lemente justificable en un reglaenero de 1997" una carta a F ovisión ha de considerarse como presentar un contrato con di- fonía básica a través de opera- mento que, precisamente, se remento "instando a la trasposiotro servicio más y, si debe su- chos titulares; ni se explica qué dores de cable, puesto que éste dacta para clarificar". Según el
ción de la directiva comunitaria
jetarse a normas específicas, és- sucede si una vez concedida la es un ser~io "totalmente aje- reglamento sobre la Ley del Sa95/47 [la que regula estos asuntas debieran referirse a aspectos autorización para operar una no al que regula el regla- télite sólo se podrá operar con
tos en el ámbito de la Unión
como el necesario respeto de empresa decide cambiar de sis- mento".
sistemas de satélites que conceEuropea]" .
los contenidos a los derechos de tema de satélite.
La dirección general men- dan a los ciudadanos españoles
El alto cargo de Fomento dela infancia o similares, pero no
Asimismo, Economía cues- cionada pone de manifiesto la el mismo derecho a prestar serfendió la instauración de un desa las exigencias para su autori- tiona que en el proyecto pre- existencia de "indeterminacio- vicios similares en terceros
codificador único, argumentanzación".
sentado por el Ministerio de nes" que generan incertidum- países.
do que "así se defienden mejor
....________________________iiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii===iiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii________iiiiiiiii====-~lo!_ls>_lintereses de los ciudadanos".
INFORME:
El secretario de
Comunicaciones
atribuye a la UE
el 'decretazo'
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Materia
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Comunicación
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Persona o institución mencionada
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Marcelino Oreja
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BSkyB
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Jaume Ferrús