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Extensión
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2 fojas
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Resumen
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México depositó su ratificación a la Convención sobre los derechos de los niños. Fue uno de los actos de la Cumbre mundial en favor de la infancia en cuya sesión princial habló el presidente Salinas. Este concluye hoy su breve estancia en Nueva York, con un programa muy apretado, que culmina con la inauguración, en el Museo Metropolitano, de la exposición sobre los 30 siglos de esplendor mexicano, con cuyo motivo o cuyo pretexto ha viajado a esa ciudad el ''todo México'' que ha inundado las calles neoyorquinas..
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Tipo
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Publicación
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Clasificación
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UAMC.MAGC.01
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Sububicacion
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Sobre
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Texto completo
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PLAZA PUBLICA
Miguel Angel ~ranados Chapa
Derechos de los niños
Convención ratificada
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yer depositó México su ratificación a la Convención sobre los
derechos de los niños. Fue uno
e los actos de la Cumbre mundial en
avor de la infancia en cuya sesión princial habló el presidente Salinas. ·Este co.nc!uye hoy su breve estancia en Nueva
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Museo Metropolitano, de la exposición
sobre los 30 siglos de esplendor mexicano, con cuyo motivo o cuyo pretexto
ha viajado a esa ciudad el ''todo México'', que ha inundado las calles neoyorquinas en este fin de semana.
La Convención de los Derechos del
Niño fue aprobada por la asamblea geneal de la ONU el20 de noviembre del año
pasado. Es la culminación de un amplio
desarrollo de esa materia en el derecho
~ternacional, que se inició en fecha ya
~an antigua como 1924 en que fue adop~ ~ada la Declaración de Ginebra sobre los
¡d erechos del niño. En 1948, la Declaración Universal de Derechos Humanos
roclamó que la infancia tiene derecho a
cuidados y asistencia especiales. Más
tarde, .en 1959 la asamblea general de la
NU adoptó la Declaración de los derechos del niño. En ella se estableció que el
"ño, "por su falta de madurez física y
ental necesita protección y cuidados eseciales, incluida la debida protección le-
gal tanto antes como después del
nacimiento".
Esas declaraciones empezaron a tomar
fuerza obligatoria al quedar, sus notas
generales, incluidas en los Pactos de Derechos Civiles y Políticos, y de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales de
1966. En el primero, el artículo 24 dispone que todo niño "tiene derecho, sin
discriminación alguna por motivos de
raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de
protección que su condición de menor
requiere tanto por parte de su familia
como de la sociedad y el Estado. Todo
niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y deberá tener un
nombre. Todo niño tiene derecho a
adquirir una nacionalidad". Por su
parte, el artículo 10 del segundo Pacto
ordena que "se deben adoptar medidas
especiales de protección y asistencia en
favor de todos los niños y adolescentes
sin discriminación alguna por razones de
filiación o cualguier otra ca i ·
Debe protegerse a los niños y adolescenLa Convención establece un virtual
tes contra la explotación económica y so- "derecho a la supervivencia", expresado
cial. Su empleo en trabajos nocivos para en la obligación de los estados de adoptar
su moral y salud, o en los cuales peligre medidas para: reducir la mortalidad insu vida y se corra el riesgo de perjudicar fantil; asegurar la prestación de la as~s
su desarrollo normal, será sancionado tencia médica y la atención sanitaria que
por la ley. Los estados deben establecer sean necesarias, a todos los niños hatambién límites de edad por debajo de los , ciendo hincapié en el desarrollo de la
cuales quede prohibido y sancionado por atención primaria de salud; combatir las
la ley el empleo a sueldo de la mano de enfermedades y la malnutrición en el
obra infantil".
marco de la atención primaria de la saLa Convención que ahora México ha lud, mediante entre otras cosas la aplicaratificado está integrada por 54 artículos. ción de la tecnología disponible y el
Su conct:pción de la niñez es amplia pues suministro de alimentos nutritivos adela extiende hasta los 18 años, impone a cuados y agua potable salubre, teniendo
los estados que la suscriban y ratifiquen en cuenta los peligros y riesgos de contala obligación de asegurar "su aplicación minación del medio ambiente; asegurar
a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin atención sanit~ia prenatal y postnatal
distinción alguna, independientemente apropiada a las madres; asegurar que tode la raza, el color, el sexo, el idioma, la dos los sectores de la sociedad ·y en partireligión, la opinión política o de otra ín- cular los padres y los niños, las ventajas
dole, el origen nacional, étnico o social, de la lactancia materna, la higiene y el
la posición económica, los impedimentos saneamiento ambiental y las medidas de
físicos, el nacimiento o cualquiera otra prevención de accidentes, tengan acceso
condición del niño, de sus padres o repre- a la educación pertinente y reciban apoyo
enlaJtulicació de_esos._conodmeintos''
"
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Materia
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Salinas
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Persona o institución mencionada
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Derechos de los niños