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Extensión
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13 fojas
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Resumen
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El texto destaca la importancia del juego limpio en la política, la actividad económica y la vida social, promoviendo la honestidad y la justicia en todos los ámbitos. Presenta ejemplos de figuras que han demostrado valor civil, como Salvador Nava y Vicente Fox, quienes lucharon por la democracia y la libertad en México. Además, enfatiza la necesidad de prepararse para derrotar el fraude electoral mediante la organización y la participación ciudadana. Específicamente, se promueve la creación de comités ciudadanos que apoyen la candidatura de Cuauhtémoc Cárdenas en las elecciones de 1994, con el objetivo de lograr una transición democrática y erradicar los privilegios y las prácticas corruptas. El documento hace un llamado a la sociedad mexicana a unirse en torno a estos propósitos y a trabajar por un México más justo, libre y soberano.
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Clasificación
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UAMC.MAGC.01
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Sububicacion
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Sobre
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Texto completo
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VIII Jornadas de Historia
Centro de Estudios de la Revolución
1\Aexicana "Lázaro Cárdenas"
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Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano
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LA ~·JEVO_~UCI N
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Jiquilpan de Juó;ez, Mich.
30 de agosto de 1985.
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l. Intentaré en este trabajo, presentar hacia donde debiera
evolucionar el país en el futuro inmediato, para dar cumplimiento
y satisfacción a los objetivos de la Revolución Mexicana, para
actualizar las que pudieron ser metas del movimiento social que se
inició o principios de este siglo, poro buscar así su continuidad en
nuestro desarrollo político, económico y social.
Haré mención de algunos de los antecedentes inmediatos, directos, de la Revolución Mexicana, y algunas referencias a las corrientes de pensamiento y de la movilización politicosocial que
encontraron continuidad en estos antecedentes y en las ideas y
acciones desarrolladas después del estallido mismo de la
Revoluc ión.
Parto de aceptar que la Revolución Mexicana, como movimiento pol iticosocial, comienza el 20 de noviembre de 191 O.
Por otro lado, mucho se ha discutido si la Revolución Mexicana concluye con la promulgación de la Constitución el 5 de
f ebrero de 1917; o al finalizar su fase armada, en 1917, 1920 ó
1929; o en el período presid encial de Lázaro Cárdenas, al decretarse la expropiación de las empresas petroleras el18 de marzo de
1938 o al concluir su mandato el30 de noviembre de 1940; o si aún
se mantiene el impulso politicosocial que se iniciara en 191 O, al
través de "los gobiernos emanados de la Revolución".
Dejo de lado esta discusión. Considero que lo más importante
en este caso es analizar la vigencia de las d emandas de este
movimiento, y si su satisfacción sería o no condición para que el
país evolucionara en el sentido en que lo Revolución pretendió
impulsarlo, accediendo así incluso, a formas de organización política, económico y social no necesariamente previstos por los revolucionarios en 191 O y 1917, pero si enunciadas por quienes
continuaron militando dentro del movimiento social en sus etapas
de consolidación y edificación.
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Habrá que considerar, también, que entre los precursores y
antecedentes, en las distintas fases de la Revolución y hasta nues- '
tros días, han habido planteamientos y posiciones diversos, contrad ictorios y opuestos en ciertos casos (aun cuando a veces
sosteniendo o postulando intenciones similares o coincidentes);
habrá que tomar en cuenta que en un movimiento de la amplitud y
p rofunaidad de éste, siempre hay tendencias, siempre hay puntos
de coincidencia y de oposición entre los participantes.
2. Las ideas que desencadenaron lo Revolución Mexicana y la
condujeron a expresarse en leyes e instituciones están principalmente contenidas en el Programo del Partido Liberal, ·en "L o
sucesión presidencial en 191
de Francisco l. Madero, en los
planes de San Luis Potosí, A yola y Guadolupe, y en las ideas y labor
gubernativa d e Salvador Alvarado.
la evolución de estas ideas y el alcance de lo que podría
llamarse el impulso revolucionario, se observo más que en ningún
otro documento, en lo asentado en la Constitución de Querétaro,
en particular en artículos como el 27, el 123 y el 31:1, habiendo
tambi én principios que definen y caracterizan o la Revolución
Mexicana en los a rtículos 4°, 5Q, 6Q, 71:1, 91:1, 15, 28, 30, 39, 73, 83 y
130, y desde luego, en la Constitución en su conjunto.
En los reformas constitucionales, desde 1917 a lo fecho, están
expresados logros e intenciones de los gobiernos que han regido
desde aquellos días; están ahí claras los tendencias coincidentes o
contin uadoras de las líneas de pensamiento y acción de los revolucionarios, así como aquellos contrarios al espíritu y obro de la
Revolución.
Del análisis de estos documentos de la Revolución y de planteamientos enmarcados en esta mismo corriente, algunos posteriores a lo fase armado, se intentará el desarrollo de un esquema, de
p lanteamientos y objetivos o los que debiera, rac ionalmente, tender el esfuerzo de quienes se ubican en lo línea política que surge y
continuo de lo Revolución Mexicano.
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3. El Programa d el Partido Liberal, firmado el1 o. de julio de
1906, es, sin duda, el documento anterior al inicio de la Revoluc ión,
que presento el planteamiento más completo de políticos o poner
en· práctica para encauzar al país por las vías de un desarrollo
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democrático, para superar los vicios y desviaciones de la dictadura y el que más influencia tuvo en las ideas y postulados de la
Revolución.
El Partido Liberal plant ea en primer término, la lucha contra el
despotismo. Señala su confianza en el hombre y en su proceder:
"Lo que no es más que un principio, lo que no puede decreta:-se,
sino d ebe estar si empre en la conciencia de los hombres liberales,
no figura en el Programa, porque no hay objeto para ello ... No se
puede decretar que el gobierno sea honrado y justo: tal cosa
saldría sobrando, cuando t odo el conjunto de las leyes, al definir
las atribuciones d el gobierno, le señalan con bastante claridad el
camino de la honradez; pero para conseguir que el gobierno no se
aparte de ese camino, como muchos lo han hecho, sólo hay un
medio: la vigilancia del pueblo sobre sus mandatarios".
Para "la imp lantación de un sistema de gobierno verdadera-.
mente d emocrático" el Partido Liberal propone, entre otras cosas:
supresión de la reelección para el presidente y los
gobernadores;
supres ión del servicio militar obligatorio y establecimiento
de la guardia nacional;
abolición de la pena de muerte;
agra var la responsabi lidad de los funcionarios públicos,
i mponi endo severas penas de prisión para los
d el incuentes;
m ultiplicación de escuelas primarias;
enseña nz a netamente laica;
d ecretar obligatoria la instrucción hasta la edad de
catorce años;
hacer ob ligatoria para todas las escuelas de la República,
la enseñanza de los rudimentos de artes y oficios y la
instrucción militar, y prestar preferentemente atención a la
educación cívica;
prescr ibir que los extranjeros por el solo hecho de adqu irir
b ienes ra íces, pierden su nacionalidad primitiva y se hacen
ciudadanos mexicanos;
los templos se consideran como negocios mercantiles, quedando, por tanto, obligados a llevar contabilidad y pagar
las contribuciones correspondientes;
supresión de las escuelas regenteadas por el clero;
jornada de trabajo máximo de 8 horas diarias;
salario mínimo de un peso diario;
reglamentación del servicio doméstico y del trabajo a
domicilio;
obligación de patrones o propietarios rurales a dar alojomiento higiénico a los trabajadores;
4. En "La sucesión presidencial en 191 0", aparecido en 1908,
Francisco l. Madero hace un profundo análisis del régimen porfirista y de su ejercicio del poder, denuncio sus excesos y abusos Y
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obligación de los patrones a pagar por accidentes de
trabajo;
nulidad de ias deud~s de los jornaleros del campo para
con los amos;
obligación de los arrendadores de campos y casas, a indemnizar a los arrendatarios por las mejoras necesarias
que d e jen en ellas;
prohibir el pago a trabajadores de cualquier otro modo
que no sea con dinero en efectivo;
suprimir las tiendas de rayo;
obligatoriedad de los dueños paro hacer producir sus tierras, recobrando el Estado las tierras improductivas;
el Estado dará tierras a quienquiera que lo solicite, sin más
condición que dedicarlas o la producción agrícola y la
prohibición de venderlas; (de hecho, los derechos ejidales,
consagrados en la ley hasta enero de 1934)
se fijará la extensión máxima que el Estado pueda ceder o
una persona;
creación por el Estado de un banco agrícola;
supresión de los jefes políticos;
robustecimiento del poder municipal;
protección a la raza indígena;
establecimiento de los lazos de unión con países latinoamericanos.
planteo lo necesidad de establecer· un régimen auténticamente
democrático, con lo cabal observancia de lo Constitución, empezando por lo libertad de sufragio y estableciendo lo no reelección.
En el Plan de Son Luis Potosí, que llamo al desconocimiento del
gobierno porfiristo, los postulados principales son sufragio efectivo y no reelección, ésto de Presidente y Vicepresidente de lo
República, de gobernadores y presidentes municipales. Señalo
también que deberán formarse comisiones poro dictaminar sobre
los responsabilidades en que hubieron podido incurrir funcionarios y que se restituirán los terrenos de "numerosos pequeños
propietarios, en su mayoría indígenas", despojados por lo
dictadura.
Enarbolando el Plan de Son Luis se desencadeno el movimiento revoluciona rio que derroco al régimen de Díoz y llevo o lo
presidencia o Francisco l. Modero.
Lo reacción, los restos del viejo rég imen, lo inmadurez mismo
de los revolucionarios, el no licenciam iento del Ejército Federal y el
licenciamiento de los fuerzas revolucionarios y lo intervención
norteamericano, encabezada por el emba jador He nry Lone Wilson, hoce n caer al gob ierno de Madero y se instauro lo usurpación.
Los inten tos reaccionarios d e subve rsión dificu lta ron lo obro
gube rnativo d e Made ro durante los quince meses de su go bierno.
No se do solución o demandas importantes de sectores que se
había n sumado o lo Revolución desde los primeros momentos. Lo
d esespe raci ó n provocado por largos años de opresión, lo impaciencia de triunfadores cuyos reclamos no eran atendidos y por lo
ton to , injust icias y necesidades que pre valecían, co nduj e ron o lo
proclamación del Plan d e Ayolo, suscrito el 28 d e noviembre de
1911. En él, se adopto el Plan d e Son Lui s, que se a d iciono con los
deman das esencio le s del agrarismo de lo Revolución:
" ...entrarán en posesión de estos bienes inmuebles (los
terrenos, montes y aguas q ue hayan usurpado los hacendodos, científicos o cacique s) d esde luego los p ue blos o ciudadanos que tengan sus títulos correspondie ntes o estos
propiedades, d e los cual es han sido d espojados ... "
" .. .se expropiarán, previo indemnización de lo tercero
porte de esos monopolios, o los poderosos propietarios de
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e!los (tierras, mont~s y aguas), o fin de que los pueblos y
crudodonos de Méxrco obtengan ejidos, colonias, fundos legoles poro pueblos o campos de sembradura o de labor ... "
. Con:o reocc!ón o los asesinatos del Presidente Modero y del
Vrcepresrdente Prno Suárez por lo usurpación huertisto, el 27 de
marzo de 1913 se proclamo el Plan de Guadolupe, que desconoce
~los poderes federales, dando inicio al movimiento constituciono~rsta, que derroto y derroco al régimen de Victoriano Huerto, se
rmpone sobre l?s demás facciones revolucionarios y convoco al
Congreso constrtuyente que se reúne en Ouerétoro, de diciembre
de 1916 al 5 de febrero de 1917.
5. Por su alcance, proyección y contenido ideológico, así
como por su influencio en lo toreo del Constituyente, destacan en
el período preconstitucionol, los escritos y lo obro de gobierno del
Gral. Salvador Alvorodo, Gobernador de Yucotán, de 1915 o
1918.
Alvarado confió en la solidaridad humana y en el entendimiento entre clases sociales. En "Mi sueño", fechado el5 de moyo
d~ 1916, escribió: " ... nuestro formidable Revolución que respondrendo o los mandatos de lo época y llevando en su fuerzo lo
fuerzo del progreso, impuso sus tendencias redentoras y no sólo
redimió al pobre y al indio, libertándolos de lo devoradora tiranía
del capital, injusto y legendariomente privilegiado, sino redimió
tamb ién al capitalista, arrancándolo al fin de lo gorra sombrío y
enervante de lo tradición".
Y en otro porte, refiriéndose o lo haciendo, anotó: '"Vencida lo
efímero crisis de lo iniciación, los hacendados llegaron paulatina y
casi automáticamente o establecer lo explotación de los haciendas en uno especie d e asociación, en que por uno porte entrabo el
hacendado como capitalista y por otro los trabajadores como
industriales. El resultado fue que los condiciones de trabajo y el
monto de lo producción mejoraron en todos sentidos. El capital y el
trabajo, en vez de ir uno contra otro, se sumaban y se engranaban,
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llenando así su justa función social y produciendo inmediatamente
el éxito''.
En esta misma obra planteó la expropiación de terrenos incultos, cuando fueran solicitados por agrupaciones de gente sin tierra; el mutualismo y el seguro forzoso*; la desaparición de
cantinas, prostíbulos, corridas de toros, peleas de gallos, loterías y
juegos de azar; la supresión de comandantes y jefes políticos y el
funciona miento de los municipios por libre elección popular; el
establecimiento del servicio civil; un impuesto único, ligero, sobre
la tierra, dividido en dos clases: directo y progresivo, este último
sobre la tierra no cultivada.
Señalaba también que la acción oficial, en nuestros medios,
tiene que ir supliendo a la iniciativa privada, y que el gobierno,
para cubrir sus gastos, explotaría sus recursos naturales propios,
como petróleo, cemento, henequén, chicle, madera, etc. y administraría los servicios públicos, como tranvías, luz, agua, teléfonos,
líneas de navegación y ferrocarriles.
Algunas de estas ideas las pudo llevar a la práctica al fundar
la Co mpañía para e l fomento del Sureste de México y la Comisión
reguladora del mercado del henequén; al prom ulga r ·el Reglamento d e la Ley agraria y las leyes d e~ trabajo, del municipio libre,
de catastro y fi5cal; al crea r las escuelas vocacionales (de comercio, artes y oficios y de artes domésticas), la de ag ricultura y la
haciendo -escuela (pare menores abandonados, huérfanos, etc.) y
fomentar la Repú blica escolar; al organizar la administración de la
educación (juntas de educación pública, junta constructiva de
educación, juntas populares de educación).
Las ideas y la obra de gobierno de Salvador Alvarado marcaron sin duda, su influencia en las acciones posteriores del constituciona lismo y del movim iento revo lucionario en lo general, más que
ningunas otras del período preconstitucional.
6. la síntesis de las ideas revolucionarias, de los anhelos, de las
grandes mayorías nacionales que se lanzaron a la lucha, se tiene
en la Constitución de Querétaro, promulgada el 5 de febrera de
1917. En ella se delinea el modelo de nación que la Revolución se
planteó edificar y desarrollar, modelo que no era, no es estático.
las ideas de mayor trascendencia política y alcance social
están contenidas en los artículos 27, 123 y 3 2 . En ellos se tiene la
definición ideológica y política del Constituyente.
Los logros, avances, desviaciones y retrocesos respecto al
modelo de país planteado por la Revolución, están plasmados en
los actos de los gobiernos que se han sucedido a partir del 5 de
febrero de 1917.
No se pretende en este trabajo hacer el estudio detallado de
la obra de los distin tos gobiernos de 1917 a la fecha, ni de las
modificaciones que ha tenido la Constitución desde su exped ición.
Si considero que una visión general de la instrumentación del
modelo revolucionario o de un modelo contrario a éste, en su
esencia y práctica, se desprende del análisis de los cambios sufridos por los artículos 27, 123 y 3 2 principalmente, por otros artículos
tambi é n d efi nitorios de la ideología revolucionaria contenida en
lo Constitución, y que de este análisis de la Constitución, y tomando en cuenta además ideas de otros documentos (declaraciones de principios del PNR, PRM y PRI, Plan Sexenal del PNR, escritos
y obra de Lázaro Cárdenas, Narciso Bossols y Jesús Silva Herzog),
así como su confrontación con la situación que actualmente vive el
país, puede determinarse hasta donde se han introducido en nuestra ley fundamental, las ideas e ideales de la Revolución Mexicana
o aquellos de quienes han claudicado o tradicionalmente se han
opuesto a ella, así como qué puede o qué debe hacerse para que el
desenvolvimiento del país retome los cauces apuntados por lo
revolución a su propio desarrollo.
• "Todos estaban obligados a separar una pequeña porte de su salario
para acumular ahorro¡ .. ,
"Por el Seguro forzoso todos los ciudadanos estaban obligados a tomar
pólizas sobre so vida o sobre accidente1, ya por si, ya por medio de :;us
patrones ... ".
7. Artículo 27
Texto original 191 7:
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"La propiedad de las tierras y aguas comprendidos dentro de
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los límites del territorio nacional, corresponde originalmente a la
Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transm itir el
d~minio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad
pnvada.
" Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de uti lidad pública y mediante indemnización.
''La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a !a
pr?p iedad privada las modal idades que d icte el inte ré s público,
OSI co mo el de regular el aprovecham iento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, para hacer una d;stribución
equitativa de la riqueza público y cuidar de su conservación. Con
este objeto se dictarán las medidas n~cesarias para e! fraccionamiento de las latifund ios; para el desarrollo de la pequeño propiedad~ para la creación de nuevos centros de población ag rí cola con
las t1erras y aguas que les sean indispensables; para el fom e nto de
la agricultura y para e vitar la destrucción de los elementos nal'urales y los daños que la prop iedad pueda sufrir en perjuicio de la
s~:>c iedad. Los pueblos, ranch e rías y comunidades que carezcan de
t1erra~ y aguas, o no las tengan en cantidad suficieñte para las
necesidades de su población, tendrán derecho a que se les dote de
e_ll a s, tomándolas de las propiedades inmediatas, respetando
s1empre la pequeña propiedad ...
"Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los
minerales y substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos,
constituyan depósitos .. . tales como los minerales de los qu e se
e xtraigan metales y metaloides ... los yacimientos de piedras preciosos, de sal de gema y las salinas formada s directamente por las
aguas marinas; los productos derivados d e la descomposición de
las rocas. Cuando su explotación necesite trabajos subte rráneos;
las fosfatos susce ptibles de ser utilizados como fertil izantes; los
combustibles minerales sólidos, líquidos o gaseosos ... ".
Establ ece también la propiedad de la Nación sobre las dguas
en distintas condiciones y calidades y en este caso y en los del
párrafo anteri or, precisa que" el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y sólo podrán hacerse concesi ones por el
Gobierno Federal a los particulares o sociedades civiles o comerciales constituidas conforme a las leyes mexicanas ... ".
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"La capacidad para adquirir el dominio de las tierras y aguas
de la Noción, se regirá por las siguientes prescripciones:
" 1. Sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y
las sociedades mexi canas, tienen d e recho para adquirir el dominio
de las tierras, aguas y sus accesiones, o para obtener concesiones
de explotación de minas, a g uas o co mbustib les minerales en la
República Mexicana. El Estado podrá conceder el mismo derecho
a los extranjeros siempre que convengan ante la Secretaría de
Rel aci ones en consid~rarse como noc ionales respecto de dichos
bienes ...
" En una faja de cien kilómetros o lo largo d e las fronteras y de
cincuenta por las p layas, por ningún motivo podrán los extranjeros
adquiri r el dominio directo sobre tier ras y aguas.
"11. Las asociaciones religiosas denomina das iglesias, cualq wiera que sea su credo, no podrán en ningún caso tener capacidad para adquirir, poseer o administrar bienes raíces, ni capitales
impuestos sobre ellos; los que tuvieren actualmente, por sí o por
interpósita persona, entrarán al domin io de la Nación, concediéndose acción popular para denunciar los b ienes que se hallaren en
tal caso. La prueba de presunciones será bastante para declarar
fundada la de nuncia ..... .
Precisa ad emás, que los templos y todo edificio de uso religioso se consideran propiedad de lo Nac ión.
" ...VI. Las cond ueñazgos, ronch erías, pueblos, cong re gaciones, tribus y demás corporaciones de población que de hecho y por
derecho guarden el estado comunal, tendrán capacidad para
disfrutar en común las tierras, bosques y aguas que les pertenezcan
o que se les hayan restituido o restituyeren .. .
··se declaran nulas todas los dil igencias, disposiciones, resoluciones y operaciones de deslinde, concesión, composición, sentencia, transacción, enajenación o remate que hayan privado total o
parcia lme nte de sus tierras, bosques y aguas a los condueñozgos,
rancherías, pueblos, congregaciones, tribus y demás corporaciones de población ...
" ... el Congreso de la Unión y los Legislaturas de los Estados,
en sus respectivas jurisdicciones, expedirán leyes para llevar a
cabo el fraccionamiento de los grandes propiedades, conforme o
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los bases siguientes:
"(o) En codo Estado y territorio se fijará lo extensión máximo
de tierra de que puede ser dueño un solo individuo o sociedad
legalmente constituido ... ".
Reformas:
1 O de enero de 1934:
En esto fecho el Art. 27 qu edó adicionado y en buena parte
reordenado, pri ncipalmente en lo concerniente a los cuestiones
agrarios. Los modi ficaciones más importantes son los siguientes:
da derecho a los núcleos de población que carezcan de ejido o
que no puedan lograr su restitución por falto de títulos, o ser
do tados con terrenos, tierras y aguas suficientes para constitui rlos, conforme a los necesidades de su población, precisándose
que en ningún caso dejará de concedérseles la extensión que
necesiten, debiendo el gobierno, incluso, expropiarl a de terrenos inmediatos (fracci ón X);
ordena la creación de una dependencia especializada encargada de la ap lica ción de las leyes agrarias y de su ej~cución y
establece las bases que rigen las tramitaciones agrarias (fracciones XI, XII y XIII);
"XIV. Los prop ietarios afectados con resoluciones dotatorias o
restitutori as de ejidos o aguas, que se hubiesen d ictado e n
favor de los pueblos, o que en lo futuro se dictaren, no tendrán
ningún derecho ni recurso legal ordinario, ni podrán promover
el juicio de amparo.
"Los afectados con dotación, tendrán sola mente el derecho de
acudir al Gob ierno Federal para que les sea pagoda la indemnización correspondiente. Este dere cho deberán ejercitarlo los
interesados dentro del plazo de un año ... Fenecido este término, ninguna reclamación será admitido".
protege de a fe ctaciones o la pequeña propiedad agrícola en
explptoción (fracción XV);
6 de diciembre de 1937:
-
adiciona lo fracción Vil, precisando que son de jurisdicción
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federal todos los cuestiones por límites de terrenos comunales.
9 de noviembre de 1940:
adiciona el párrafo sexto, como sigue: "T rotándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos,
no se expedirán concesiones y !o ley reglamentaria respectivo
determinará la forma en que la nación llevará a cabo los
explotaciones de esos productos".
21 de abril de 1945:
reforma el párrafo quinto, para precisar lo propiedad de las
aguas y su aprovechamiento.
12 de febrero de 1947:
Esta reforma de las fracciones X, XIV y XV, fue aprobado por el
Congreso el 30 de diciembre de 1946, y publicada en el Diario
Oficial el 12 de febrero de 1947.
la fracción X se adicionó diciendo: "La superficie o unidad
individual de dotación no deberá ser en lo sucesivo menor de
diez hectáreas de terrenos de riego o de humedad o, a falto de
ellos, de sus equivalentes en otros clases de tierras ... "
lo fracción XIV fue adicionada como sigue: "Los dueños o
poseedores de predios agrícolas o ganaderos, en explotación,
a los que se hoya expedido, o en lo futuro se expida, certificado
de inafectabilidad, podrán promover el juicio de amparo contra la privación o afectac ión agraria ilegales de sus tierras o
aguas" .
la fracción XV quedó modificada con la siguiente adición: "Se
considerará pequeña propiedad agrícola la que no excedo de
cien hectáreas de riego o humedad de primera o sus equivalentes en otras clases de tierras en explotación.
"Para los efectos de la equivalencia se computará una hectárea
de riego por dos de temporal, por cuatro de agostadero de
buena calidad y por ocho de monte o de agostadero en terrenos áridos.
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"Se c~n.sideroró, asimismo, corno pequeño propi edad, los
superf1c1 es que no excedan de doscientos hectóreos en terrenos
de temporal o de agostadero susceptibles de cul tivo· de ciento
c_incu~nto c_uondo los tierras se dediquen al cultivo d~l algodón,
SI rec1ben n ego de avenido fluvial o por bombeo; de trescientos~ en explotación, cuando se dest inen al cultivo del plátano,
co~o de _o~úcor, café, henequén, hule, cocotero, vid, olivo,
qu1na, vo~ndla, cacao o árboles frutales.
"Se cons iderará pequeño propiedad ganadero lo que no
excedo de lo superficie r.ecesorio poro mantener hasta quinientos cabezos de ganado mayor o su equivalente en ganado
menor, en los términos que fije lo ley, de acuerdo con lo capacidad de los t errenos.
"Cuando debido o obras de riego, drenaje o cualesquiera otros
e jecutados por los dueños o poseedores d e uno pequeño pro-··
p iedad o lo que se le hoyo expedido certif icado de inofectobilidod, se mejore lo calidad de sus tierras poro lo explotación
agrícola o ganadero d e que se trote, tal propiedad no podrá
ser objeto de afectaciones agrarios, aun cuando, en -virtud de
lo mejoría o btenido, se rebasen los máximos señalados en esto
fra cción, siempre que se reúnan los requisitos que fije lo ley".
4 de febrero de 1975:
-
6 de febrero de 1976:
se adiciono el párrafo sexto paro agregar como no concesionobles, los aprovechamientos de minerales radiactivos.
6 de febrero de 1976:
introduce un nuevo párrafo que establece que lo Noción ejerce
derechos de soberanía y jurisdicción en una zona económico
exclusivo, situado fuero del mor territorial y adya cente a éste.
Fijo o lo zona económica exclusivo una extensión de 200 millas
náuticos.
1
28 de diciembre de 1982:
se agrega n las fracciones XIX y XX, que establecen, lo primera,
que el Estado dispondrá medidos paro lo pronto y exped ito
justicia agrario, poro garantizar la seguridad jurídica de la
tenencia de lo tierra; la segundo, que el Estado promoverá
condiciones poro el desarrollo rural integral y expedi rá lo
leg islación reg lamentaria para planear y organizar lo producción agropecuario, su industrialización y comercialización,
considerándolos de interés público.
20 de enero de 1960:
reformó los párrafos cuarto o séptimo de la fracción 1 poro
agregar al domin io directo de lo noción lo plataforma continental y los zócalos submarinos de los islas.
29 de diciembre de 1960:
adiciono el párrafo sexto poro establecer que: "corresponde
exclusivamente o la noción generar, conducir, transformar
d istribu!r y abastecer energ ía el éctri ca que tengo por objeto 1~
prest oc1ón de 5ervicio públic.o. En esto materia no se otorgarán
c~mcesiones, o los particulares y lo noción aprovechará los
b1enes y recursos naturales que se requ ieran poro dichos f ines".
ló·
se agrego un nuevo párrafo séptimo que d ice: "Corresponde
también a lo Noción el aprovecham iento de los combustibles
nucleares poro lo generación de energ ía nuclear y lo regulación de sus aplicaciones en otros propósitos. El uso de lo energía nuclear sólo podrá tener fines pacíficos".
Artículo 123:
Texto original 191 7:
-
establece la duración de lo jornada máximo de trabajo (-:n
ocho horas, y de siete horas lo nocturno;
prohíbe los labores insalubres para los mujeres y poro los
1.7
menores de diez y seis años;
establece que por seis días de trabajo, se disfrutará cuando
menos de uno de descanso;
que el solario mínimo deberá ser suficiente poro satisfacer los
nec es ida d es normales de lo vida del obrero, su educación y
place res honestos, considerándolo como jefe de familia;
estab lece e! derecho de los trabajadores o lo participación en
los ulilidades;
así como lo obligación poro los patrones de negociaciones
agrícolas, industriales o mine ros, y de cualquier tipo, dentro de
los poblaciones, si ocuparen más de cien trabajadores, poro
proporcionar o éstos habitac iones cómodos e higiénicos, por
las que podrán cobrar rentos que no excederán del medio por
ciento mensual de su valor catastral (frocc. XII);
establece el derecho de huelga y considero lícitos los poros sólo
en los casos de excesos de producción, que hagan yo incosteobles los precios.
21 de noviembre de 1962:
reformó, entre otros, la fracción XXXI, agregando a lo petroqufmica, metalurgia, y siderurgia, abarcando la explotación de
minerales básicos, su beneficio y fundición, obtención de hierro
metálico y acero, laminados y cemento, como actividades de
jurisd icción laboral federal.
9 de febrero de 1972:
modifica la fracción XII, cambiando la obligación de los patrones de proporcionar vivienda a los trabajadores, paro lo obligación de cotizar o un fondo nocional de los trabajadores, con
el que se establecerá un sistema de financiamiento poro otorgar créditos para viviendo o los trabajadores.
¡
1
i
1
19 de diciembre de 19 78:
se adiciono, como párrafo primero de este artículo, lo siguiente: "Toda persono tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverá lo creación de empleos y lo
organización social poro el trabajo, conforme o lo ley".
Reformas:
6 de septiembre de 1929:
modifico lo fracción XX IX dando base para lo expedición de lo
Ley d e l seguro social, poro comprender seguros de invalidez,
de vida, cesac ión involuntario del trabajo, enfermedades y
occidentes y fines análogos.
Artículo 3Q_·
Texto original 191 7:
18 de noviembre de 1942:
se adicionó el Art. 123 con lo fracción XXX I, en la que reservo o
lo autor idad laboral fe deral los asuntos reiotivos o industrio
textil, eléctrico, cinematográfico, hulero y azucarero, minería,
hidrocarburos y ferrocarriles.
1
S de diciembre de 1960:
faculto al Congreso para dictar leyes en materia de trabajo: A
poro obreros, jornaleros, empleados domésticos y artesanos; y,
B. paro los trabajadores al servicio de los Poderes del Estado.
18
-.
-
establece que la educación es libre, pero será laico lo que se dé
en establecimientos oficiales, así como lo enseñanza primario,
elemental y superior impartido en establecimientos
particulares;
prohibe o corporaciones religiosos y a ministros de cualquier
culto el que establezcan o dirijan escuelas primarios;
establece lo vigilancia oficial poro las primarios particulares;
y que será gratuita la primaria en establecimientos oficiales.
Reformas:
13 de diciembre de 1934:
"La educación que importa el Estado será socialista y además
19
ciones de educación superior con autonomía y a gobernarse a
sí mismas, estableciendo además el respe.to a la libertad de
q)tedra e investigación y al libre examen y discusión de las
ideas.
de excl uir toda doctrina religiosa combatirá ~1 fanatismo y los
prejuicios, para !o cual la escuela organizará sus enseñanzas y
actividades en forma que permita crear en la juve'rÍtud un
concepto racional y exacto del universo y de la vida social".
establece además que sólo el Estado impartirá educación primaria, secundaria y normal, pudiendo autórizar a los particulares, si se a justan a impartir educación socialista, con personal
debidamente capacitado .y en base a los planes estatales.
8. Otros artículos , definitorios también de la ideolog ía y el
espíritu del Constituyente, y cuyas reformas reflejan cambios fundamentales en la ideología y posición política de los grupos gobernantes, son:
30 de diciembre de 1946:
señala que la educación que imparta e l Estado "tenderá a
desarrollar armónicamente todas las facultcdes del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la
conc iencia de la solida ridad internacional, en la independencia y en la justi cia " .
esta blece ad emás, que garantizada por la libertad d e concienCIO, lo educación se mantendrá ajena a toda doctrina religioso;
precisa que el criterio que oriente la educación será democrático, nac io nal, en cuanto a qu e atenderá a la defensa de
nu estra indepe ndencia pol ítico y al asegura miento de nuestra
inde pendencia económica, y contrib uirá a la mejor convivencia human a;
establece que los particulares podrán imparti r educa ción en
todos sus tipos y grados, pero para la primaria, secundaria y
no rm a l y la destinada a los obre ros y campesi nos, deberán
obtener ·autorización expresa del poder público.
prohí be as imismo, para estos tipos de educación, la intervenció n de corporacio nes religiosas, de ministros de los cultos,
soci edades por acci ones (cuyo ob jeto sea la e nseña nza) y de
asoc iaciones ligadas a la propag and a de cualquier credo
re ligioso;
señala como obligatoria la educación p ri maria;
y como gratuita toda la que imparta el Estado,
18 de marzo de 1980:
Artículo 5Q:
Texto original 191 7:
prohíbe la ce le bración de todo contrato, pacto o convenio que
tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el sacrificio d e la
libertad del hombre, por causa de trabajo, educación o voto
religioso. Prohíbe en consecuencia, el establecimiento de órdenes monásticas.
En los artículos 4 2 , 6 2 ,7 2 y 9 2 se establecen las ·libertades
de trabajo, manifestación de las ideas, de imprenta y
asociación.
El Art. 15 prohíbe la celebración de tratados para al extradición de reos políticos.
Artículo 28:
1
l
Texto original 1917
proh íbe la existencia de monopolios y estancos, salvo los reloti• vos a acuñación d e moneda, correos, telégrafos, rad iotelegrafía, y emisión de b illetes por medio de un solo banco.
previe ne el castig o y la persecución por las autoridades a toda
concentración o acaparamiento en una o pocas manos de
artículos de consumo necesario a fin de obtener alza de precios; así como todo acto que evite o tienda o evitar la libre
adiciona este artículo, facultando a las universidades e institu-
21
20
concurrencia o la competencia, o todo lo que constituya una
ventaja exclusiva.
Reformas:
3 de febrero de 1983:
establece que el servicio público de banca y crédito será prestado exclusivamente por el Estado y que no será objeto de
concesión a particulares;
estipula que podrán fijarse precios máximos a los artículos,
materias o productos necesarios a la economía nacional o
para el consumo popular, así como imponer modal idades a su
distri b ución;
ad iciona como áreas de exclusividad para el Estado, la comunicac ió n vía sa télite, el p etról eo y los hidrocarburos, la petroquím ica bási ca, m inerales rad iactivos, la g enerac ión de energía .
nucl ear, la elect ricida d , los ferroca rriles y las actividad es que
señ al an las leyes exp edidas por el Con greso d e la Uni ón;
así com o los o rg a ni smos y em presas que el Estad o requiera
para el manejo de las áreas estratégicas a su cargo y en las
activid ades d e carácter prioritario donde participe;
au toriza el otorgamiento de subsidios a actividades prioritari as, siem pre que sean de carácter temporal y no afecten las
fi nanzas d e la Nación.
Artículo 30:
Texto original 1917:
d a la calidad de mexicanos por naturalización a los indolatinos
que se a vecinen en la República y manifiesten su deseo de
a d qu iri r la nacionalidad mexicana.
Reforma:
1
Artículo 39:
Texto original 1917:
"La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el
pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye
para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el
inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su
gobierno".
Artículo 73:
Texto original 191 7:
Faculta en su fracción VIII al Congreso para dar bases sobre
las cuales el Ejecutivo pueda celebrar empréstitos sobre el
. crédito de la nación; para aprobar esos mismos empréstitos y
para reconocer y mandar pagar la deuda nocional.
~n la fracción XVIII se dan facultades al Congreso para determmar el valor de la moneda extranjera.
Reformas:
30 de diciembre de 1946: .
s~ adiciona la fracc ión VIII, estableciendo que ningún empréstl!o podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que
directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, salvo los que se realicen con propósitos de regulación
monetaria, las operaciones de convers ión y los que se contraten durante alguna emergencia por el Presidente de la
República.
1 7 de noviembre de 1982:
18 de enero de 1934:
suprime la fracción en la que se da cal idad de mexicanos por
naturalización a los indolatinos que la solicitaren.
22
se modifica la fracción XVIII, facultando al Congreso para
dictar reglas para determinar el valor relativo de lo moneda
extranjera.
23
,-
j
¡
Artículo 83:
Texto original 191 7:
establece que el Presidente de la República durará en su encargo cuatro años y nunca podrá ser reelecto.
en los casos de Presidente substituto o interino, precisa que no
podrán ser electos para el período inmediato.
J
1
Reformas:
22 de enero de 192 7:
establece que el Presidente de la República "No podrá ser
electo para el período inmediato . Pasado éste, podrá desempeñar nuevamente el ca rgo de Presidente sólo por un período
más. Terminando el seg undo período de ejercicio, q uedará
definitivamente inca pa cita d o para ser electo y desempeñar el
ca rga d e Presidente en cualqu ier tiem po".
en los casos de quien su bstituyere al Presidente o el interino, ~o
podrán ser electos paro el período inmediato.
24 de enero de 1928:
aumenta e l perío d o presid encia l a 6 añ os y estab lece que qui e n
se haya d esem peñado como Presidente substituto o interino, no
podrá ser e lecto para el período inmediato.
29 de abril d e 1933:
Fija en seis años el período presidencial y precisa que "El
ciudada no que hoyo desempeñado el cargo de Presidente de la
República, electo popularmente, 6 con el carácter de interino,
provisional o substituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá
volver a desempeñar ese puesto".
1
"]
Estado y sociedad democráticos;
e jercic io pleno e integral de la soberanía nacional;
facultad es del Estado paro regular el aprovechamiento de
los recursos naturales, con las finalidades primordiales de
distribuir equitativamente la riqueza y cuidar de su
conservación;
intervención decid ida y creciente del Estado en lo vida
económ ica de la nación;
derecho a la tierra para toda la población campesina que
la requi era y puesta de todos los suelos productivos en
producción;
trabajadores protegidos por la ley, con salario suficiente
para satisfacer sus necesidades norma les de vida, con
participación e n las utilidades de las ne gociaciones donde
presten sus servicios y vivier.da proporcionada por éstas;
de rec ho de los trabaja dores a la huelga;
Estado la ico;
educación libre, laica la oficial, y regulada par el Estado
también la part icular;
ple no eje rcicio a las li bertades individuales;
pro hib ic ión a la existencia de monopo lios y estancos;
nación a bierta a los lati noamer icanos (i ndolat inos). o los
que conce de la naciona lida d mexicano si la solicitan;
pue blo en el que esencial '! originalmente reside la
sobe ranía;
tres poderes, cada uno con facultades específicas y bien
defin idas;
prohibición para la reelección del Presidente de la República.
9. De lo Constitución promulgada el 5 de febrero de 1917 se
conformo un proyecto poro lo noción, con los características
siguientes:
1 O. Los reformas o la Constitución muestran la ideología y los
posiciones políticas de los grupos dominantes.
En el coso del Artículo 27, puede considerarse que todas los
reformas, de 1934 a 1983, responden en lo general al espíritu y
tendencias que surgen del Constituyente, salvo la del12 de febrero
de 1947 (fecha de su publicación en el Diario Oficial, aprobado
24
25
por el Congreso, en definitiva, el30 de diciembre de 1946), que va
francamente en sentido contrario y que ha facilitado, junto con la
complacencia de autoridades, la reconstitución de latifundios, los
fraccionamientos simulados y obstáculos en general para la aplicación de las leyes agrarias en favor de los campesinos.
De las modificaciones que ha sufrido el Artículo 123, las de 18
de noviembre de 1942 y 21 de noviembre de 1962, fortalecen a la
autoridad federal en materia de trabajo, y responden a tendencias
centralizadoras.
La reformo de 5 de diciembre de 1960, quita recursos de
protección a los trabajadores al servicio de los Poderes del Estado,
al considerarlos como caso de excepción respecto al conjunto de
trabajadores.
La modificación a lo fracción XII del 123, en base a la cua l se
creó el infonavit, liberó a los patrones de una obligación de gran
importancia para los trabajadores (la de proporcionarles vivienda
en renta, pagando por ella el medio por ciento mensual de su valor
catastral), para cuyo cumplimiento quizá pudieron haberse buscado procedimientos que la hicieran descansar no en una cuota,
aportada en la práctica por trabajadores y patrones, sirio en un
apoyo financiero transitorio a estos últimos paro el cumplimiento
efectivo de su obligación constitucional, abriendo al mismo tiempo
posibilidades para la adquisición en propiedad de las viviendas
por los trabajadores.
En diciembre de 1934 quedó modificado al Artículo 3Q, establ eciendo que la educación impartida por el Estado sería socialista. En diciembre de 1946 se modificó de nueva cuenta este
artículo, para establecer que el criterio que oriente a la educación
· será democrático y nacional.
El 18 de enero de 1934 se suprimió la fracción que da calidad
de mexicanos por naturalización a los indolatinos que la
solicitaren.
. mento en los ingresos públicos, salvo los que se realicen con finalidades de regulación monetaria, las operaciones de conversión o
los que se contraten durante alguna emergencia. Anteriormente
sólo se facultaba el Congreso para dar los bases sobre los cua les el
Ejecutivo podía celebrar empréstitos sobre el erédito de la noción
y poro aprobar estos mismos empréstitos . .
El Art íc ulo 83 se modificó, primero (22 de enero de 1927), para
permitir que quien hubiera sido electo paro desempeñar el cargo
de Presidente de la República, pudiera ser electo de nuevo poro el
mismo puesto dejando pasar un período y que quien se hubiese ya
desempeñado como Presidente por dos períodos, nunca más podría ocupar el cargo. Poco después se aumenta el período presidencial de cuatro o seis años, y se prohíbe la reelección para el
período inmediato (24 de enero de 1928). El17 de julio de 1928 es
asesinado el Presidente electo Gral. Alvaro Obregón.
En abril de 1933 se modifica de nuevo este artículo, para dejar
establecido que qu ien haya desempeñado el cargo de Presidente
de la República, nunca y en ninguna circunstancia podrá volverlo a
desempeñar.
11. Otro serie de documentos que considero de interés analizar, son las declaraciones de principios de los Part idos Nacional
Revolucionario (PNR), de la Revolución Mexicano (PRM) y Revolucionario Institucional (PRI), así como el Plan Sexenal, form ulado
por el PNR para el período 1934-1940, en donde se reflejan claramente las ideologías y las posiciones teóricas con las que han
querido mostrarse o la nación los grupos que se han sucedido en el
poder.
El análisis de estos documentos es complementario al de los
cambios sufridos por la Constitución; en algunos casos muestran
con mayor claridad las posicion es políticas formales de quienes
han ejercido el poder de 1929 a la fech o.
El 30 de diciembre de 1946 se adicionó la fracción VIII del
Artículo 73 paro establecer que los empréstitos que celebre el
Ejecutivo (con la debido autorización del Congreso), deberán ser
poro lo ejecución de obras que directamente produzcan un incre-
Declaración de principios del Partido Nacional Revolucionario (20 de enero de 1929):
26
27
El PNR acepta en forma absoluta y sin reservo~ el sistema
democrático y la forma de gobierno que establece la Constitución.
"En el orden de ideas que comprende la lucha de clases velará
por el cumplimiento de la leyes que constituyen una garantía de los
derechos del proletariado ... "
Postulo que deberán d edicarse las mayores energías a la
reconstrucc ión nacional, atendiendo en especial la organización
económ ica del país y el saneamiento de las finanzas.
Textuolmente dice al respecto: "La política financiera tenderá, fundamentalmente, a dar a la nación una solvencia moral y
material, mediante el cumplimiento estricto de sus obligaciones
interiores y exteriores, para lo cual ajustará el gobierno sus erogaciones exactamente a la capacidad contributiva del país".
Programa de acción del PNR (20 de enero de 1929):
Considera aue la educación debe tener, entre otras finalida·
des, la de " Fundar y desarrollar en las conciencias el concepto de
la preeminencia de los intereses de la colect ividad sobre los intere. ses privados o individuales, menospreciando toda situación de
privileg io y creando la necesidad espiritual de una mayor" equidad
en la distribución de fa riqueza" .
Declara asimisr~o. en forma contrcdictoria, que fomentará la
iniciativa privada paro lo enseñanza.
En materia de desarro llo industrial expone que "deberá procurarse que la ins1alación de grandes industrias no lleve aparejado
el estcblecimien to de una fuerte corriente de valores hacia el
exterior, pues en ese caso los beneficios serán de momento, dejando a la postre la explotación industrial, un saldo contrario a los
intereses del país " , y que "deberá f avorecerse especialmente y de
preferencia, la industria a base de capitales mexicanos o extranjeros radicados en su totalidad en México, de tal manera que la
c ir~ulación de sus valores se efectúe en ciclos cerrados al i~terior
del país, por ser esta cond ici ón la que reo! y efectivamente realiza
el enriquecimiento de la República".
.
Este Programa postu la que la política agraria debe tender a
la distribución de la tierra entre los campesinos y a la destrucción
del sisl·ema rutinario latifundista.
Establece también que para lograr la liberación de la clase
med ia campesina, deberá proseguirse la política de irrigación, así
como acomodar a esta clase mediante programas de
colonización.
"A los empresarios agricultores de mayor iniciativa y mayores
recursos deberá concedérse les oportunidad y apoyo para que se
dediquen al cultivo y pongan en producción mayores extensiones
de tierra, cuando ésto no vaya en detrimento de la polítia agro·
ria ... " (Separa a los campesinos, a los que debe entregarse la tierra
que se distribuya, de los agricultores a quienes debe establecerse
en la zonas un riego, en base a los programas de colonización).
En lo referente al aprovechamiento de recursos naturales,
sostiene lo intervención del Estado cuando se trate de explotaciones que interesen a la economía nacional o cuando el interés
privado lesione e l interés público o colectivo.
Dice, por otra porte, que "El equil ibrio presupuesta! debe
cons iderarse como uno de los fundamentos principales de la polí·
tica financiera del gobierno, y, por tanto, debe ser establecido con
toda firmeza, partiendo de las posibilidades reales de los ingresos
para ajustar a ellos los gastos públicos",
Establece además, que el crédito privado debe organizarse
bajo la forma de ins tituciones del progreso social; y que el sistema
bancario debe establecerse alrededor de las instituciones centrales, que constituyen el cimiento del crédito social (Banco de México
y Banco de crédito agrícola).
Plan sexenal del PNR (5 de d iciembre de 1933):
El PNR contrae el compromiso de que se sigan dotando de
tierras y aguas a todos los núcleos de población que carezcan de
ellas o no las tengan en cantidad bastante para sat isfacer sus
necesidades, de acuerdo con el artículo 27 Constitucional.
Postula que "Toda individuo tiene derecho al trabajo que le
permito satisfacer las necesidades y placeres honestos, como consecuencia de la obligación que la sociedad le impone de contribuir
con su esfuerzo al desenvolvimiento colectivo", y que "El Estado
intervendrá directa o indirectamente, a fin de que todo individuo
'
1
28
29
El Partido, por otra parte, señala la urgencia de conformar
una economía agrícola colectiva.
Considera que el dominio de la técnica es indispensable a los
.t rabajadores para asumir la dirección responsable de la producción industrial. El PRM trabajará, además, por la progresiva nacionalización de la gran industria, como base de la independencia
integral de México y de la transformación del régimen social.
Plantea organizar la economía sobre el principio de que la
producción y la distribución se orienten hacia la satisfacción de las
necesidades populares, estableciéndose un plan de orientación e
intervención de la economía.
en la Kepública pueda ejercitar su derecho al trabajo" .
Precisa también que "Frente a la lucha de clases inherente al
sistema de producción en que vivimos, el Partido y el Gobierno
tienen el deber de contribuir al robustecimiento de las organizaciones sindicales de las clases trabajadoras ... ".
Expresa que el Partido" está cierto de que un arreglo internacional que coordinara las actividades económ icas de todos los
pueblos y que determinara la obligación de producir de acuerdo
con las necesidades de todos y las posibilidades naturales y técnicas de cada cual, organizando al mundo en un sistema de economías regionales, no sólo no competitivas sino complementarias,
conducirían a la paz económica y el bienestar de los hombres".
Por otra parte, a fin de regular el aprovechamiento de los
recursos naturales y el comercio, cuando signifiquen un empobrecimiento de nuestro territorio, "S e hará efectiva la nacionalización
del subsuelo ... Se impedirá que las empresas extranjeras continúen
acaparando yacim ientos minerales".
Establece que el PNR propugnará porque la educación se
base en "la doctrina socialista que la Revolución Mexicana sustenta " , dándose por otro lado preferencia o la educación rural.
Plantea asimismo, el que se fomentará la repatriación de
mexicanos que se hayan ido a trabajar al extranjero, orientándolos hacia su establecimiento en colonias agrícolas.
i
.i
1
Declaración de principios y programa del Partido Revolucionario Institucional (21 de enero de 1946):
El PRI reconoce la existencia de la lucha de clases como
fenómeno inherente al régimen capitalista de la producción y
sostiene el derecho que los trabajadores tienen de contender por
el poder político (ya no se habla de la democracia de los trabajadores para llegar al socialismo).
El Partido señala la conveniencia de conformar una economía
agrícola colectiva en todos aquellos casos en que sea posible y lo
soliciten los interesados y considera ind ispensable que haya una
perfecta armonizac ión de los intereses de campesinos y pequeños
agricultores.
Considera, al igual que el PRM, que el dominio de la técnica es
indispensable a los trabajadores para asumir la dirección responsable de la producción industrial.
Postula también que procurará la correcta aplicación del
artículo 28 Constitucional, con objeto de organizar la economía
del país sobre el principio de que lo producción y distribución se
orienten hacia la satisfacción de las necesidades populares con la
mayor libertad posible, pero bajo la supervisión del Estado (ya no
en base al establecimiento de un plan de orientación o intervención de la economía).
Respecto a la enseñanza, establece que ésta se orientará con
el criterio avanzado y nacionalista del artículo 3o. Constitucional.
Declaración de principios y programa del Partido de la
Revolución Mexicana (2 de abril de 1938):
El PRM "Reconoce la existencia de la lucha de clases, como
fenómeno inherente al rég imen capitalista de la producción, y
sostiene el derecho que los trabajadores tienen, de contender por
el poder político ... Las diversas manifestaciones de la lucha de
clases, sujetas a los d iferentes tiempos de su desarrollo dialéctico,
estarán condicionadas por las peculiaridades del medio
mex1cano.
"Considera como uno de sus objetivos fundamentales la preparación del pueblo para !o implantación de una democracia de
trabajadores y para llegar al régimen socialista".
á
30
.
~
31
Postula que luchará por la liberación econó mica del país,
hasta que desaparezca totalmente su fisonomía sernicolonial y que
procurará que el artículo 27 y las normas que tiendan a defender
las fuentes de la riqueza nac ional se apliquen en todo su alcance.
Programa de acción del PRI (7 de febrero de 1953):
Estab lece que ''Nuestra bandera es la de la Revolución /v,exicana, nuestro programa la Constituc ión Política de 1917, y nuestra
acción segu irá la trayectoria revolucionaria señalada por el presidente Ruiz Cortir.es".
Con respecto a la cuestión agraria postula "Que paralelamente a las actividades encaminadas a satisfacer las solicitudes de
dotación, restitución y ampliación de ejidos, las autoridades agrarias realicen el deslinde y fraccionamientos de los mismos, la ad ju-.
d icación de parcelas y la entrega de títulos ejido les, y que la misma
atención especial se conceda al despacho de las solicitudes de
inafectabilidad de la pequeña propiedad ... ".
En re lación a la intervención estatal en la economía, pugnará
porque la in t ervención del Estado imponga la coordinación indispensable entre comerciantes y consumidores, a efecto de reducir
al mínimo las perturbaciones y desajustes ocasionados por lo libre
competencia.
Con posterioridad a 1953 la declaración de principios y
el programa de acción del PRI han sido modificados varios
veces. En ellas, al igual que en lo de 1953, ya no se hoce
menc ión de la lucho de clases, del derecho de todo mexicano
al trabajo, el estab lecimiento de uno d emocracia de los trabajadores paro llegar al socialismo, la necesidad de con formar
una econ omía agrícola colectivo, lo intervención directa y
creciente del Estado en los explotaciones que interesen o la
· economía nacional o cuando el interés privado lesi o ne al
interés público o colectivo, ni de la educación socialista.
Declaración de principios del PRI (septiembre de
1984):
El PRI sostiene que debe orientarse a la nación hacia la justicia
32
social, que implico luchar por la igualdad form ol y real de los
mexicanos.
Pla ntea que lo democracia económico se propone corre gir
desigualdades y .propiciar paro las mayorías populares el disfrute
equitativo del bienestar y las oportun idades. Para alcanzar estos
propósitos, el Partido reafirma la rectoría del desarrollo nacional
por el Estado, en el morco del sistema de economía mixto.
Postula que apoyará las acciones que tengan por objeto la
nacionalización de las industrias y servicios básicos, cuando así lo
requiera el interés públ ico¡ y lo su bordi nación real y efectiva del
capital extranjero y del interno "a los objetivos superiores de
México" . En su programa de acción señalo que pug.nará par " La
inducción al uso responsable y eficiente de los recursos del sector
privado, con base en una co ncepción nacionalista del derecho de
propiedad, así como en uno gran con fianz a en el rumbo y las
potencialidades de México, para impulsar grandes proyectos económicos y responder a las condiciones que impone el descrrolio
con justici a social".
Considera el Partido a las empresas públicas como el fundamento material del Estado paro regular y promover la actividad
económica en su conjunto y que es necesaria se definan formas de
participación social en estas empresas, conservando el Estado el
control en su conducción y operación.
Reconoce también lo función social d e l sector privado y lo
conveniencia de alentar su desenvolvimiento.
Se man ifi esta por una político económico que fortalezca la
oferta y adecúe la demanda, que corri ja los desequilibrios secta. riales, impulse un desarrollo regional armónico, reoriente los vínculos comerciales y financieros con el exterior, promueva una
d istribución justa del ing:-eso nacional, combata la inflación y
fomente empleos permanentes, para avanzar en la co nformación
deuna sociedad cada vez más igualatorio.
El Partido exige que el Estado garantice la seguridad jurídica
de la tenencia de la tierra y respecto al amparo agrario, planteo se
hago de él una acuciosa revisión legislativa.
Proclamo por otro lado, que los beneficios de lo tierra deben
corresponder a quienes lo traba jan¡ que deben desaparecer los
33
r
!otifundios y to da nue va forma de conc entraci ón de la tierr~ y
acelerarse la entrega de la tierra a quienes tengan d erecho 0 ella.
Plan tea que postulado fundamental del PRI es const ituir el
derecha al trabajo como objetivo superior de la polí t ica económica y soc ial.
.1
por más justas y más d emocráticas.
En los tres hay coincidencias que apuntan hacia donde pudiera evolucionar México, después de satisfacerse cabalmente las
demandas de la ·Revolución.
Lázaro Cárdenas:
12. Las declaraciones de princip ios del PNR, PRM y las múlti pl es del PRI (de 1946 a 1984) no han corres pondida en su integridad, y en muchas épocas ni siqui era a las prioridad es de la acción
p artidari o, ni a las exige ncias real es del Partido respecto a la
acción gubernamental.
(20 de septiembre de 1970): "Las ideas que sustento
sobre el desarrollo pol ítico, económico, social y cultural de
México y el devenir del mundo no han variado: creo que
los principios del socialismo son compat ibl es con las ideas
de la Revo lución Mexicana en su ulterior e inevitable
d esarrollo ".
Lo postulado en estos documentos muestra la evo luci ón de la
ideología y de lo que en un momento dado se ha cons iderado
viab le y / o deseable r ealiza r, as í co ma la postura que los grupos
en el poder han considerado teóricamente como ideal, la p o stura
con l.a q ue han hecho presencia política ante el país.
(30 de noviembre de 1934): " Debemos tener presente, po r otra parte, la urgencia para conjurar las duras
condicion es en que se en cu e ntran los hombres que carecen de tra b a jo, o que lo tienen con angustiosa irregularidad o con salari~s vergonzosos. La úni ca manera de
comSatir esa irregularidad y esa miser·ia, es crea r nuevos
oportun idades de trabajo. Las obras públicas q ue el gob ierno desarrollará intensamente, facili ta rán estas oportunidades: pero estarán muy lejos de ser las sufici entes para
concluir el p r oblema de la desocupación y los bajos
salarios.
Sin duda a lguno, la d eclaración de princ ip ios más acorde con
los princ ipios y el d esarro ll o de la ideolog ía de la Revolución
M exi cana, es la del PRM, que se plantea co m o objetivo fundame ntal de su acció n el implantar una democracia de los trabajadores,
para llegar más tarde a un régime n soc ialista.
13. V ere mos finalmente, algunas ideas de Lázaro Cárdenas,
Narciso Ba ssols y Jesús Silva Herzog .
Los tres se forman, en distintos ambientes familiares, sociales y
de actividad, durante la fase armada de la Revo lución. Los t res , en
formas diversas, contribuyen a la ed ificación revolucionaria. Los
tres se co ndujeron con estr icta honradez intel ect ual y en lo mater ial a lo largo de sus vidas. Fueron consecuen tes con su origen
po lírico, actuaron con base en una ideoiog ía conformada por los
hombres y las acciones de la Revo lución, estudiaron el proceso
po lít ico, económico y social, lo enriquecieron con sus ideas y
actuac iones y trataron de asomarse a un fu turo, cuyas b ases lucharon por se ntar, donde fuesen r ealidades los ideales de la Revolución y donde ésta pudiese evolucionar hacia formas superiores,
"Para ayu dar a resolver este serio probl ema, tenemos
el reciente programa que a¡.;arece en la pla taform a del
movimiento revolucionario: fomentar y organizar la ex~lotación de nuestros recursos naturales bajo las normas y
srstemas de soc ialización, enunciados claramente en el
plan sexenal. .. Si el trabajo y el entusiasmo de nuestro
pueblo se apresta a explotarlas directamente, en colaborac ión con el gobierno, creando empresas c:onstitv i:J" . P'X
organizaciones de trabajadores, vendrá co m o comecwencia una poderosa economía nacional y la positiva revolución económica y social de México".
1
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l¡
'o
35
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r
Narciso Bassols:
misas originales o si ha faltado a los deberes que contrajo
cuando conquistó el poder inicialmente.
" ... no es por fortuna la vida de la Revolución medida por la
lealtad de los funcionarios, transitorios por necesidad. La
validez' de los postulados revolucionarios está determinado por su r el ación con los probl emas naciona les y con
las aspiraciones del pueblo; y ... mientras no se cumpla un
ciclo histórico cuya duración no cabe anticipar a estas
horas, que venga a plante ar la posibil idad de una nueva
revolución para lograr metas de las que no voy a ocuparme en este instante, que no es por cierto lo posibilidad
de hoy, la Revolución como conjunto de postulados, como
expresión de las necesidades del pueb lo, como conjunto
de metas a alcanzar, está en pie".
(8 de mayo de 1925}: " ... todos estamos conformes en
~ ej ar la pal abra y tr aba jar la s ideos que, vu elvo a rep etirlo, son estas en su fondo: camb iar en e l mundo contemporáne o lo di stribución de los medio~ de producción
-capital, tierra, máquinas, trabajo- organizando la riqueza en forma mejor... ".
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(29 de noviembre de 1950): "Mientra s no haya más
probl ema que el de saber si después d e consumada esa
transformación vio lenta (l a Revolución Mexicana) viene o
no un período distinto, la d iscus ión no tiene trascendencia.
S!n em~argo, la discrepancia no rad ica ahí, la discrepanCia rad1ca en que con la apariencia d e sostener qu e sólo es
revo lución el período eJ e lucha armado y de transformación súbito de las leyes, lo que en !o rea li dad p olíti ca de
Mé xico viene tra tand o de obtenerse con la tesis de q ue la
Revoluc ión conclu yó y ha muerto ya, es liberar a los gobernantes de la r esponsa bilidad de ser desleales a los principios de la Revoluc ión.
" ... no hay un re pla nteam iento de los problemas nacionales
que ha ga qu e la s grandes metas de la Revolución sean
otras y que haya de enderezarse el movimiento para pensar en lo aparición de uno nuevo.
"Y menos aún pue de admitirse la tesis de qu e por el hecho
de q ue los gobernantes constituyan una olig arquía que
desdeña sus deberes revolucionarios, la Revolución ha
muerto, porque, se ñores, la Revol ución no es el gobierno,
la Revolución no es el grado de lealtad o de entusiasmo o
de energ ía con que los gobernantes cumplan el programa;
antes de los gobernantes, como impera tivo de ellos, por
encima de ellos está n los grandes principios, las metas, los
fuerzas mot rices de las asp iraciones de lo Revolución. No
se determina la vigencia de uno Revolución por lo que el
gobierno hace o deja de hacer, sino en todo coso eso sólo
ha de servir para saber si el gobierno es leal a sus compro-
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(29 de noviembre de 1950): " ... yo no voy a afirmar
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cquí que d ebemos realizar hoy o mañana la revolución
proletaria. Para que llegue el momento de la revolución
proletaria es indispensable desarrollar, llevar a su término
los postulados actuales de la Revolución Mexicana".
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Jesús Silva Herzog:
(diciembre de 1938): " El capitalismo cubre un cario
número de siglos en la historia, sería absurdo creer que la
humanidad, una humanidad cuyo desarrollo apenas comienza, ha encontrado ya s~s moldes d efin itivos; sería
absu rdo creer que en un mundo en que todo ca mb ia sólo
pudiera existir una cosa que no cambie : la organizac ión
capitalista. El capitalismo, tenemos a ese resp ecto la más
completa y honda convicción, d ejará de ser; nació d e l
desarroll o de la técnica ap licada a la producción y morirá
como resultado del desarrollo de eso misma té cn ica; más
todavía, está muriendo ya, su agonía no puede medirse
dentro del corto espacio en que se mide la agonía de un
hombre, la agonía del capitalismo puede durar no sabemos si tres, cinco o siete décadas; pero el capitalismo
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tendrá que ser sustituido por el sistema que impongo el
porvenir, y este sistema es ei socialismo".
(enero de 1960): " ... instaurar en cada pa ís de la América Latina la democracia social, uno democracia igualitaria en lo político y justiciera en lo económico; una
democracia tendiente a hacer d esapa rec er los irritantes y
monstruosos desigualdades existentes; que nivele, que
acerque hasta donde es compatible con la naturaleza
humana, el nivel de vida económico y cultural de los ciudadanos, dando a todos las mismas oportunidades de realizarse plenamente. Esta democracia social, como primera
etapa para después llevar a cabo nuevas conquistas ...
"El progreso científi co y el desarrollo de la técnica descubri rán rumbos nuevos y nuevos y dilatados horizontes.
¿Será el socialismo o uno organización semejante no diseñ a da po r los teóricos de las diferentes doctrinas? No lo
sobemos con certeza; no está en nuestra mano d escorrer el
velo espe so que oculta el porvenir".
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no diseiiada por los teóricos de las diferentes doctrinas", como
dijera Silva Herzog, es preciso, en primer término, que se alcancen
las metas de la Revolución Mexicana. Es esta, la condición primera
para que pueda pensarse, con objetividad, que nuestro sociedad y
nuestra nación adopten formas más evolucionadas de organización política y económica; más evolucionadas por más justas,
equitativos y democráticas.
14. Lázaro Cárdeno:;, Narciso Bassols y Jesús Silva Herzog
son, en la época de ascenso de la Revolución Mexicano y aun en la
post~~ior
desviaciones y rect ificaciones, por sus actitudes y
part Jc ipocJones políticas y por su pensamiento, tres destacados
hombres de la Revolución, consci entes de su responsabilidad personal y de las derivados de su actuación en diferentes regímenes
gubernamentales, que con valor y claridad plantearon el rumbo
que d ebiera seguir el desenvol vimi ento del país, para llegar a
hacer realidades los id eos y principios de la Revolución Mexicana.
Visto el curso seguido por el desarrollo d e México, hasta 1959
por Bossols, hasta 1970 por Cárd enas y hasta 1984 por Silva
Herzog, los tres, en distintos momentos, coincidieron en plantear
que para llegar a formas mejores de organización política, económica y soc ial, para acceder al soc ial ismo, compatible "con las
id eos de la Revolución Mexicana en su ulterior e inevitable desarrollo " como d ijera Cárdenas, "o a una organización semejante
15. Ahora bien, ¿cuáles son los objetivos por alcanzar, por
establecer e imponer en nuestra realidad y en nuestros prácticas,
poro dar cumplimiento al compromiso histórico de lo Revolución
Mexicano?
Haciendo una síntesis, necesariamente incompleta, la Revolución desde su inicio y en su desenvolvimiento, se planl eó lograr la
.creación, establecimiento y/ o desarrollo de:
una sociedad democrática, en lo político, econórnico y
social, con oportun idades de mejoramiento y supe ración
para todos;
respeto y efectividad del sufragio; no reelecci ón para el
Presidente de la Repúbl ica y los gobernadores;
una nación cabalmente soberana e independiente;
distribución equitativa de la riqueza entre el conjunto d e la
poblac ión y las distintas regiones del país;
uno estructuro agrario donde coexistan el ejido, lo comunidad indígena y la pequeña propiedad en producción, can
todas sus tierras aprovechadas y con la productividad
óptima; el ejido, y en particular el e jido organizado colectivamente, como eje y motor principal de la economía
rural, organi zado democráticamente y constituyendo el
sustento político en el campo, del régimen revolucionano;
sistema de planeación para orientar e intervenir en la
economía;
una economía de pleno empleo; derecho al trabajo poro
todos los mexicanos, y lo posibil idad de ejercitarlo;
régimen de seguridad y servicios sociales que dé
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protección integral a todos los trabajadores;
trabajadores con derechos a la huelga, a un salario remunerativo, a la vivienda, con participación efectiva de las
utilidades de las empresas, debidamente garantizados en
la ley y en la práctica;
tro bo jadores organizados, con sindicatos independientes,
democráticamente estructurados, como apoyo pol ítico
fundamental del régimen revolucionario, debidamente
coordinados en este aspecto con el campesino organizado y con los demós sectores incorporados políticamente
a la línaa revolucionaria;
Estado la ico;
una educación sustentada en los criterios de la Revolución
Mexicano, sin concesi on es ni desviaciones en este aspecto,
como base para ir creando unidad en la formación ideológ ica d e niños y jóvenes de distintas extracciones sociales,
entendiendo cla ramente que la acción educativa es sólo
uno de los muchos fre ntes en lo~ que debe actuarse para
logra r la evolución pol ítica, social y económico de un
sistemo;
inc orporació n de las poblaciones indígenas al desarrollo
nacionai, con el respeto a sus val ores y pecu liaridad es;
d esarroll o educati vo , cultura l, científico y tecnol óg ico independiente, que dé resp uesta, en primer término, o los
requerimientos nacionales;
ind us trias y se rv icios básicos desarrolíados por el Estado,
por sí o en a sociación con los trabaja dores;
aprovechamiento de los re cursos nat·uroles básicos por el
Esta do y p aro desa rrollo y beneficio na ciona les; forta lecimiento de los industr ias en los que partici po el Estado,
m ediante su integraci ón, expansión, mo dernizac ión y diversificac ión (cosos de los industrias petrol ero, petroquímico básico y derivada, fertilizantes, siderurgia, minerales
rad ia ctivos y nuclear, etc. );
de la inversión extranjero;
finanzas públicas sanas; presupuestos gubernamentales
formulados en función de los ingresos;
formas cooperativos de participación y gestión industrialempresarial de los trabajadores; aumento de lo importancia re lativo de estos formas de organización en el conjun to
de la economía;
ejercicio de la autodeterminación; cooperación interna- cionol sobre bases de equidad; solución pacífico de los
conflictos internacionales; acercam iento y mayor co laboración con los nociones latinoamericanos.
Son éstas las características principales del modelo de nación
delineado por los logros y el desenvolvimiento en el tiempo de lo
Revolución Mex icano . Su establecimiento en la práctico, dependerá de lo acción y capacidad de realización de las fuerzas políticas afines con su ideología y proyección.
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economía mixta;
desarrollo industrial sin efectos descapitolizodores; control
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