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Extensión
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4 fojas
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Resumen
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Si se dudara de las afinnaciones del magistrado Abraharn Polo Uscanga sobre el funcionamiento del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, sus propios miembros han confesado (por supuesto de manera tácita), que constituyen un organismo impregnado de uno de los peores vicios del corporativismo mexicano, que es la adhesión unánime y acrítica al superior..
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Tipo
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Borrador
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Clasificación
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UAMC.MAGC.01
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Sububicacion
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Sobre
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Texto completo
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Plaza pública
para la edición del 9 de junio de 1995
Abraham
Polo Uscanga
,
Miguel Angel Granados Chapa
Si se dudara de las afinnaciones del 1nagistrado
Abraharn Pulo Us~anga sobre el funcionatnlcnto <.l~l
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, sus
propios Iniembros han confesado (por supuesto de
manera tácita), que constituyen un organismo
in1pregnado de uno de los peores vicios del
corporativismo mexicano, que es la adhesión unánime y
acrítica al superior. En efecto, colocado en entredicho el
presidente de ese. cuerpo, Saturnino Agüero Aguirre por
la denuncia de Polo Uscanga, los magistrados del
tribunal han saltado a avalar "la verticalidad" de ese
funcionario judicial y a "patentizarle" (hasta ese verbo
resulta extraído de la más afieja literatura en tal sentido)
"nuestro apoyo y solidaridad".
Al hacerlo, sin embargo, no sólo se inscriben en la
tradición del más feo. servilismo, sino que entran sin que
nadie los llame, en un procedimiento del que no son
parte, con la obvia intenc.ión de prejuiciar a los
miembros del novísimo consejo de la judicatura del
Distrito Federat que se enfrenta al primer caso crucial de
su breve existencia.
El caso del magistrado Polo Uscanga no se reduce a
su propia situación, sino que condensa y ejemplifica el
e~t~do real de la impartición d~ justicia en nu~tro pais.
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lifanadoS ChaPa
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El 27 de n1arzo pasado virtualmente renunció a su cargo~
por no tolerar más las presiones de que directa o
indirectrunente fue sujeto por el presidente del Tribunal.
Y no es que el magistrado (que cuenta con licencia
previa a su jubilación en trámite tenga la piel demasaido
sensible. Es que procura desempeñar su función judicial
con ·un hondo sentido de responsabilidad.
Ya ha hecho públicos el rnagistrado Polo u·scanga
los tres casos en que Agüero Aguirre buscó influir en su
criterio para orientar resoluciones que el juez dimitente
debía dictar. En uno de esos casos el presidente del
tribunal en realidad se lünitó a lam~ntar la falta de
sentido político de Polo Uscanga, pero en dos más pidió
en nombre de otros funcionarios que los tallos
favorecieran el interés de la Secretaría de Hacienda y del
Departamento del Distrito Federal, o de sus -titulares
Pedro Aspe (entonces) y Osear Espinosa Villarreal. El
asunto en que fue citado el nombre de este último tiene
importancia aotual por dos rll2ones. Por un lado, pt'rque
se refiere a un conflicto en curso, y por otra parte porque
puede tener implicaciones negativas para la causa de
Polo Uscanga.
La aprehensión de los lideres del sindicato de Ruta
100 y su asesor jurídico se . cometió sin que hubiera
suficientes elementos para dictarla. Así lo consideró un
juez penal, y en la apelación asi lo había virtualmente
ratificado Polo Uscanga. Entonces se le pidió (lo hizo
Agüero Aguirre) modificar su criterio, y al resolver no
hacerlo, Polo U scanga decidió irse del tribunal. Por
supuesto, la orden de aprehensión fue dictada porque se
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halló quien estuviera dispuesto a librarla aun sin base
jurídica. De ser verdad que Espinosa Villarreal, como
adujo el presidente del tribunal, intervino indebidamente
en las funciones judiciales, es de temerse que podrá
hacerlo de nuevo. En efecto, .uno de los miembros del
consejo de la judicatura fue designado por el regente, y
aunque no haya razón a priori para suponer que hay una
liga mecánica entre el nombramiento y la parcialidad, no
puede ignorarse esa eventual causa de un sesgo contrario
al magistrado que acudió en queja ante ese consejo.
Polo Uscanga resolvió presentarse ante el consejo de
la judicatura (no obstante que lo encabeza el propio
presidente del tribunal cuya conducta ha denunciado)
debido a su deseo de m~i orar la administración de
justicia, .y a que ha sido víctima de diversas agresiones.
Poco después : de que solicitara licencia, e hiciera
públicos sus motivos, lo entrevisté y campanudamente le
recité el refrán "perro que ladra no muerde" ante la
narra.ción de las amenazas telefónicas que había recibido.
Me equivoqué, pues los mastines que han sido lanzados
en su persecusión ladran y muerden al mismo tiempo.
Antes y después· del 27 de abril, Polo Uscanga ha
padecido diversas fonnas de hostigamiento. Pero en
aquella fecha de plano · fue ·secuestrado durante unas
horas, y sometido a maltrato muy severo; del que quedó
huella ·en el certificado expedido por un médico legista
en el hospital Adolfo López Mateos del ISSSTE. Mes y
medio después de la agresión, Polo Uscanga pad~~e
todavía en las vías respiratorias los efectos de la opreston
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en el cuello, que sus asaltantes le produjeron al
someted o.
Por un principio elemental, y hasta por elegancia, al
ser. sustanciada la queja de Polo Uscang~ el presidente
del tribunal, que preside también el consejo de la
judicatura, debe excusarse para no ser juez y parte. Y el
procedimiento que se siga debe ser atendido con
puntualidad por la opinión pública, debido a la gravedad
de los hechos denunciados, tanto las pr~siones y
amenazas previas a la salida de Polo Uscanga como las
intimidaciones posteriores. Por supuesto, ni él mismo ni
nadie acusa de estas últimas al presidente del tribunal,
pero la investigación del consejo, . creado por las
refonnas constitucionales emprendidas en diciembre por
. el Presidente Zedillo, deberá abarcar también ese terreno
en lo que no sea competencia de la ·procuración de
justicia. Lo importante es que no queden sin castigo ni la
prepotencia en el tribunal, ni las agresiones en la calle.
r.v<A
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Materia
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Abraharn Polo Uscanga.
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Saturnino Agüero Aguirre.
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Zedillo
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Persona o institución mencionada
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Abraham Polo Uscanga