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Extensión
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2 fojas
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Resumen
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Contrato de cesión de derechos de la obra ´Mil días de crisis´ entre Miguel Ángel Granados Chapa y Ediciones Oceano S.A. México D.F..
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Tipo
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Escrito
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Clasificación
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UAMC.MAGC.01
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Sububicacion
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Sobre
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Texto completo
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CONTRATO DE CESION DE D.ERF.CHOS que cel~Sran por una parte EDICIONES OCEANO, S.A. ,
con domicilio en Av. Las Granjas 82 Col. Sector Naval Deleg. Azcapotzalco 02080 México, D. F. a
quién en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA y por la otra
R. MI El ANGR GRANADOS CHAPA
a quién en lo sucesivo se le denomil'l ará EL AUTOR, de conformidad con las siguientes declaraciones y
cláusulas.
DECLARACIONES
l .-LA EMPRESA declara que es una sociedad legalmente constituída conforme a las le yes mexicanas;
registrada en la Dirección General del Derecho de Autor con el número
,estar
domiciliada en la Ciudad de México y que por medio del presente contrata la obra:
.. IL DIAS DE
lSIS"
que para los efectos de este contrato se identificará como LA OBRA, con el propósito de explotarla comercialmente en forma exclusiva para todos los países de habla española, en los términos de
este contrato.
2.-EL AUTOR declara ser titular de los derechos autorales sobre LA OBRA, así como no tener impedimento legal alguno para celebrar el presente contrato, por medio del cual cede totalmente a LA
EMPRESA la titularidad de los derechos patrimoniales de LA OBRA.
3.-EL AUTOR declara ser de nacionalidad
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y tener su domicilio legal
o. F.
De conformidad con las declaraciones anteriores, las partes otorgan las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.
EL AUTOR cede en este acto a LA EMPRESA en forma exclusiva, sus derechos patrimon iales sobre LA OBRA, de conformidad con lo establecido en los artículos 2o.
fracción III, 4o. y demás aplicables de la vigente Ley Federal de Autor y a los convenios y tratados internacionales en los que México es parte.
SEGUNDA.
LA EMPRESA podrá en los términos del artículo So. de la misma ley y con el consentimiento exp reso de EL AUTOR, prologar, modificar o substituir el título y hacer
las correcciones de estilo que convengan a sus intereses, obligándose en todo momento a reconoc er la calidad de autor en todos los casos (que de una manera enunciativa
mas n<> limitativa, se mencionan en esta cláusula) en que llegase a utilizarse.
TERCERA.
Como consecuencia de la exclusividad pactada en la cláusula primera, EL AUTOR se
obliga a no celebrar contrato con ninguna otra persona física o moral.
CUARTA.
En pago de los derechos de autor por las cesiones condicionadas y temporales de los
derechos de edición de LA OBRA, en lengua
S ftola
,a que se contrae el
P.resente contrato~ LA EMPRESA, eag,a.~..~ n este acto, AL AUTOR, la cantidad de
¡100,000.00 (CI
ll PESO
:Utlvu M.H.)
en concepto de anticipo a razón del siguiente porcentaje sobre el precio de venta de los ejemplares vendidos:
101 (Dl Z O CIENTO)
QUINTA.
Las características gráficas y tipográficas, los grabados y dibujos de LA OBRA, serán
propiedad exclusiva de LA EMPRESA.
SEXTA.
EL AUTOR cede también a LA EMPRESA los derechos de efectuar posibles ventas
a libro clubes. Del monto de estas operaciones EL AUTOR recibirá el : SOO/o (cincuenta por ciento), EL AUTOR recibirá de LA EMPRESA el pago que le corresponde
una vez que ésta haya recibido del concesionario el pago acordado.
SEPTIMA.
LA EMPRESA remitirá a EL AUTOR, al domicilio que éste na declarado tener, los
estados de venta contados al 31 de diciembre de cada año, dentro de los
en
días siguientes al término del año. LA EMPRESA dispondrá del mismo plazo para
efectuar el pago de las regalías correspondientes.
OCTAVA.
LA EMPRESA entregará a EL AUTOR, sin costo alguno vei nticinco
ejemplares
la primera edición de LA OBRA en el momento en que ésta
sea puesta a la venta. EL AUTOR podrá obtener de LA EMPRESA los ejemplares
adicionales que desee con el descuento usual a librerías.
NOVENA.
Después de haber consultado con EL AUTOR y obtenido su acuerdo, LA EMPRESA
podrá hacer uso de los siguientes derechos:
a) Pre-publicación de revjstas y periódicos.
b) Post-publicación en revistas y periódicos.
e) Reproducción en forma condensada o en tiras diseñadas de cualquier forma.
La distribución de las sumas obtenidas será efectuada en la siguiente manera:
50°/o
50°/o
para EL AUTOR
para LA EMPRESA
EL AUTOR recibirá de LA EMPRESA el pago que le corresponde, un.a vez que LA
EMPRESA haya recibido del concesionario el pago acordado.
DECIMA.
Los derechos cinematográficos, de representación y adaptación teatral, de radiodifusión, de televisión y, en términos generales, todos aquellos derechos que no están
especificados en el presente contrato, quedan formalmente reservados a EL AUTOR.
DECIMA PRIMERA.
EL AUTOR autoriza también a LA EMPRESA, a que ceda los derechos de
este contrato a la empresa EDICIONES OCEANO, S.A., con sede en Paseo de
Gracia 24, Barcelona (España), para posibles coediciones o ediciones de LA OBRA en
España con los mismos términos de pago de regalías que se estipulan en la cláusula 4a.
EL AUTOR releva de toda responsabilidad a LA EMPRESA de cualquier deDECIMA SEGUNDA.
manda por reclamación que se llegare a formular por cualquier persona física o moral
que se considere con derechos sobre LA OBRA, en virtud que al ceder los derechos
sobre la misma, EL AUTOR declaró ser el legítimo titular y que ésta es original.
Por todo lo relacionado con la interpretación y cumplimie.n to de este contraDECIMA TERCERA.
to, las partes designan de común acuerdo, como tribunales competentes a los de la
Ciudad de México, Distrito Federal, y aplicables a las leyes vigentes en la propia ciudad, con renuncia de cualesquiera otra competencia que por razón de sus domicilios
presentes y futuros o por cualquier otra circunstancia pudiera corresponderle.
CLAUSULAS ADICIONALES
Leído el presente contrato que incluye
cláusula (s) adicional (es) y enterados del contenido
y alcance de todas y cada una de sus cláusulas, las partes reconocen que en este contrato no existe vicio de voluntad y lo fll'man por cuadruplicado, quedando una copia para cada una de las partes y dos
para su inscripción e el Registro Público del Derecho de Autor, para dar cumplimiento al artículo 114
de la Ley de la Materia en la Ciudad de México, Di rito Federal, a los ve1 nt1tres días del mes de
diciembre
il novecientos ochenta y tres.
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Materia
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Miguel Ángel Granados Chapa.
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Ediciones Oceano S.A. México D.F.
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Persona o institución mencionada
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Contrato de cesión de derechos de la obra ´Mil días de crisis´