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Extensión
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9 fojas
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Resumen
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Se resuelve : se modifica la sentencia que se revisa. Se sobresee en el juicio de amparo.
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Tipo
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Resolutivo
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Clasificación
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UAMC.MAGC.01
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Sububicacion
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Sobre
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Texto completo
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AMPARO EN REV1SION PENAL:
43;2003
RECURRENTE: OF1UA GARZA
SAUNAS,
EVARISTO
A.
CADENA URISTA, JUAN MIGUEL
MORENO SAUNAS, NOEUA
MORENO FERNANDEZ.
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PR!MERO.- Por escrito presentado el trei nta de
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agos~o :de dos rnil dos en la Oficina de Correspondencia
'
1
1
del Juzgado . Tercero de Distrito en el Estado de
CÓahuila, con ~ sede
-
en
Piedras
Negras , .Danie l
Sauceda
So lis·. en ·· ·su
carácter.
de
autorizado
de
defensor
y
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Ofilia Garza
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Sal inas , Evaristo .A.
1
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82
Amparo en R~vlslón Penal 43/2003
;~~OIC IAL DE L
del recurso de revisión, técnicamente, no deben
!
analizarse los agravios consistentes en que el Juez
de Distrito violó garantías individual~s al conocer de
'.
.
un juicio de amparo, por la naturaleza del medio de
.
.
defen'sa y por la función de control constitucional que .
el a qua desempeña ya que, sí así se hiciera, séi:
trataría extralógícamente al Juez- del conocimiento:
como
otra
autoridad
responsable
y
se
desnaturalizaría la única Vía establecida para elevar .
las reclamaciones de in onstitucionalídad de actos, :: ... ·. .
. y.·~~
, ;r~r·
que es el juicio de amp ro; es decir, se ejercería un
control
constitucíona
constitucional. "
sobre
otro
control
~. !(~( \
·~-~;, ~
.
~~
~En cambio,
" .-··t;~MG'-(lc,
¡¡ !
~
[! ~·:\. ~~tp;i ~."
.
. ii5E~OI~.?.
. 'DE g ,
agravio de los ~;_ . -·-
recurrentes en el aducen q e se actualiza en su favor
la exc!uyente de antijuricidad ue prevé la fracción IV
del artículo 44 del :Código P al del Estado de
Coahuila, toda vez que en el caso -n
~' lt
configuró el
delito del ejercicio arbitrario del propio derecho.
En efecto,· el artículo 44 , fracción IV, del Código
Penal para ·ei Estado de Coahuila dispone:
"Artículo 44. EXCLUYENTES DE o ·ELITQ .\PQR
IMPEOhR LA LESIÓN O PERMITIRLA. Existe causa
1
. ·• .
~
83
Amparo en Revisión Penal 43/2003
\XJICIAL DE LA FEDERACION
que impide la lesión o que la permite: - - - IV.
CUMPLIMIENTO DE UN DEBER O EJERCICIO DE
UN DERECHO. Cuando se cumpla un deber jurídico
o ejerza un derecho. Siempre y cuando · exista
necesidad racional del medio que se emplea para
•cumplir el deber o ejercer
derecho y sin que éste se
/ea/ice con el sólo ~ropós
de causar daño .
\V
JI
relevancia en este
L.a constan
ro noventa y· ocho, de
critura púbí
.·-
od
ientos noventa y nueve ,
o Público número Nueve
udad de
Allende, Estado de
\
~.e protocoli~ó el acta
l
:
eneral extraordinaria de
socios
'
1
\
-
.
n segu
Coopera
co
toria, de la Sociedad
de Consumo de Gas Butano de Al_lende , .·
S.C.L., celeb
a · las dieciocho horas con diez
minutos del cinco de J
.'
·
-
·de mil novecientos noventa
y nueve, en la . que los re~urrentes Ofilia Garza
Salinas, Evaristo A. Cadena .. Urlsta, Juan Miguel
Moreno Salinas y_Noelia Moreno Fernández fueron
_.
designados
con
el
'caráctt3r
de
presidente_, .
comisionado de __ distrigucjón, tesorero del consejo · de
8'/
. J
l
:
·
...
... .... ~:
administración y segundo comisionado del consejo de
---------·-
. . . ·---···· - · ··- --- -
vigilancia,
.
respectivamente;
la
.
cual,
a
mayor
abundamiento, no se aprecia dentro de los autos del
\.
juicio de origen
una declaración de nulidad en
relación con ello.
Ahora bien, la conducta
J
ue se reprocha a Ofilia
Garza Salinas , Evarist
A. Cadena Urista, Juan
Miguel Moreno Salina
Noelia Moreno Fernández
.
·~
consiste en que e n el carácter de presidenta,
comisionado de dist ibución, tesorero del consejo de
administración y se undo comisionado del consejo de
vigilancia, se pre entaron a las ocho horas del
diecinueve de dici mbre de dos mil uno, en las
instalaciones ·de
Sociedad
Cooperativa
de
Consumo de Gas B ano de Allende, S.C.L; situada
en la carretera 57 , kil metro i 259-3, tramo MorelosAllende, del municipio
Allende, Coahuila, bajo la
tutelq de la escritura públic
número noventa y ocho,
de cuatro de agosto . de mil no
·entos no
nta y
nueve, otorgada ante la fe del Notario Público· número
.
.
Nueve en ejercicio en la ciudad de Allende, Estado de
Coahuila, · con el fin d~ .tomar-. posesión. corno nuevos
directivos -
- - ----·de
tal
. ··-· -- -- ·~·. ~· · · · - ··
sociedad;
sin
embargo,
.
~
.
contrariamente
a
lo
aplicado
por
la
~
autoridad
responsable ·en la resolución reclamada, la ·referida
... :
,.. ~ .
.
.
.
"'
·~·:7:, -~l,• • n
·&w
,
85
··'
Amparo en Revisión Penal 43/2003
(.CICIAL OE. LA FEDERACION
conducta no resulta reprochable penalmente, pues de
conformidad con el artículo 34 de la Ley Generar de
Sociedades Cooperativas, es tarea de los directivos
de
una
sociedad
mercantil
encargarse
de _ su
administración y, para ello es nec
.. -. : :::
las instalaciones de la
mparo del cargo
; .
... .. . . __,... .
'\
según
:
- ·--·- -·· -·-
quedó
e
· -·· ···-
revelado, . de
ahí,
entonces , que
i
actuaron
que lo
ejercicio de u
erecho y rio se advierte
ubieran hecho
indebido propósito de
cau a.r . yn daño, si bi
cierto que los ahora
· re urrentes llegaron a i
as instalaciones sin contar
-~ - · ~-
e n nada más,
c. m
avalara su actuación ,
cta de as~mblea era
posesión
.. - 1
( • :-~
•
de
las
algún otro requisito ,
ésta se . desprende el carácter de
. s _legitima
para actuar como lo
..
1
,
•
\
'
.
~
••
V
.
:
hicieron, razon .por 1? cual.~n la especie se actualiza
la excluyen~e de antijuricidad que prevé la fracción IV
del ahículo ;t44r
l
dei ·có8igo' P~'h~-~ - para el Estado de
. Coahuila.
'\
No pasa inadvertido que en los autos - del
prOCeSO penal eXiSte eviciP.nr.i~
rll IP
rofipro
,...,, '"'
¡,.._,...
~OICIAL DE LA
quejosos !regaron a las instalaciones de la empresa
- ..
pidiendo llaves y anunciado que ellos mandaban;
.
·'
~j; ..
¡¡: ;-;-...
.
empero, esa forma de cp_nducirse podrá tildarse de
descortés o incluso prepotente, ~as no delictiva, en
tanto no se revela que hayan actuado con violencia y .
. .. ' ..
. ' i. .-:
causando con ello un ejercicio abusivo de de·recho.
~- ~
...
''·
Tampoco escapa a e e tribunal colegiado que la
escritura pública de la
ue se habla, no está inscrita
en el Registro Públic
de Comercio; sin embargo, en
el . caso se trata
una cuestión interna de la
··,
'\·.<.~----·
empresa, como es a designación de sus directivos,
•
no contra terceros,
1
. /(j ;..-. ~: .
' ,.
or lo cual resulta Irrelevante esa ~ , ..~~;:~(
.
.- , ~: N ~ i ~
·"_ _· ~\o. ·
:.... ...__
circunstancia.
· ~·:-..~'i
'
Así las cosas,
nte lo fundado del ._agravio
analiz~do se. impone
dificar la sentencia que se
revisa, para en lo conduc
~
1: . Ft-1J
=0 -
)/~
(.;
iTR. .:NJ
1.; 00 DF. l
IC! RCUlT
-\
te conceder el amparo y
!.0, COA'
protección de la Justicia
S.alinas, Evaristo América Cadena Urista, Juan Miguel
-Moreno Salinas y Noelia Moreno Fernández, para el
efecto de que el Juez ·· Primero Lefrado - LocaJ en
Materia Penal de Piedras Negras, ·Coahuila, deje sin
efectos los
autos de sujeción a proceso, pronunciados
.
.
.
en el proceso penal 24 7/2002, y dicte un nuevo auto
.
'
'\
')
'·
..
7f:':" '.....
M''•·
:;··
J
·...... :; ..,
MI
87
·.
Amparo en Revisión Penal 43/2003
JOICIAL DE LA FEOERACION
1
de
término
constitucional
con
base
en · los
lineamientos de esta ejecutoria.
Conviene de'stacar que pese al sobreseimiento
pronunciado en torno a la orden de restitución, de la
instalaciones de la empresa
nsumo de
\
ciedad Cooperativa de
e Allende, S.C.L., no
as
que
entorpece .
'
produce
la
¡
:~::~ · ;/
conce ón del amparo p r i ·xistencia del delito que
l
ij osos.
se
- ~ue el juicio de amparo
Por último, cabe
r
!amaron la orden de
a s e tribunal colegiado al
~
analizar el auto de s
.
·TRIBUNA
lADO DEL
\CIRCUITO
LO , COA'
i '
e modifica la sentencia que se
. .revisa.
SEGUNDO.- Se sobresee en el juicio de amparo
388/2002,
del índice del Juzgado
Tercero de
Distrito
.
.
.
-,
en el Estado de Coahuil~, pror:novido por Ofilia Garza
. Salinas, ~varisto América Cadena· Urista, Juan Migue l
M.oreno Salinas y Noelia ~oreri6 Feáiández, contra
los · actos - que recla·maron del Juez Primero Local·
Amparo en Revisión Penal 43/200a
IUOICIAL DE 1
Letrado en Materia Penal con residencia en Piedras
Negras,
Coahuila,
consistente
en · el
auto
de
restitución de veintiuno de enero de dos mil doé
\'
pronunciado en el expediente número 01/2002, en la
actualidad 24 7/2002.
.
la Unión ampare:(· y
TERCERO.- La Justicia
protege a Ofilia Garza S inas, Evaristo América
Cadena Urista, Juan .Migu
1 Moreno
Salinas y Noeli·a~1
~
..
Letrado Local en Materi
.. ..
.'.
•
,·· .
-:~
·. :~;·~ ::~., "l. \:
·~~~:
.
. .
Moreno Fernández, con a actos del Juez Primerb
~:.
._\·_;~~~:-:~_;:;
·:. . . _..·:·J'.· . .'#f.t
,-
"'
Penal de Piedras Negra~ .~J · ~W;
. ~--~·
Coahuila, consistente nlos autos de sujecióri ·a. ' {f -,
:~~cde:: :~~::.ti:~~:~~ ~ande~: ~esn~;: ::iu~:~e:~e~~:~J"·
~·.1-. ....
número 24 7/2002.
de esta
resolución vuelvan los autos a su lugar ue--eftBtJif+-ll}-;---en su . oportunidad, archívese este expediente como
asunto concluido.
Así, por unanimidad de votos, lo resolvieron los
Colegiado
que
del
Pescador Cano
el
Cuarto
Tribunal
Circuito,
Víctor
Antonio
integran
Octavo
(presidente),
Martínez y Fernando
/~
\~
~
.UA-- v
COLcGi
Notifíquese; regístrese, e
magistrados
_,...:
Ramón
Raúl
Estrada Vásquez,
Arias
bajo
la ·
CTAYO
iA LT!L!
•
1
.\\0::.·.
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L.
89
. Ión Penal 43/2003
Amparo en p.eviS
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~ ~r.o . ~':'"':'•.r.:'!·
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ombrados. (dos t\rmas
l!OICI~l OE LA FtnEMCION
. . de\ pr\mero de \OS n
ponencia
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ENCIADA MA lA ISABEL
::\'-·-.
.~<.:-~
J.:,:..
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· ~·
~
LJ AREZ CAÑEDO
S
RETARIA DE A
ERDOS DEL Uf- RTO TRIBUNAL
C LEGIADO DEL O TAVO CIRCU ITO, O:N SEDE EN ESTA
UOAO DE SAL LLO, COA:i-iUILA . .A:CE CONSTAR Y
ERTIFICA Q E LA(S) ANTERI R"(ES) COPIA ( S)
ONCUERDA( ) FIELMENTE CON U \ORIGINAL QUE
BRA(N)
GREGADAS(S)
A
\ EXPE"D I ENTE
>". . .
.
. P-o--.~ '-i 3
SE EXPIDE(N ) EN
··\~ . ' - - "-! ·- - FOJA(S ) ÚTI L( Sl DEBIDAMENTE
----~\ :~! . - TEJAD S¡, SElLAÓA(S), Y RUBRICA (S¿_CONFORME A
. ··~V
QUE
CERTIFI..,
. OlA
\\ ~
1
\
\
'ut-.RTO TRIBUNA
'OLEGlADO DEL ·
. ~T A VO ClRCU\TO
~~LT1LL0 , COA'
''
'\
-
Materia
-
Vistos, para resolver los autos del amparo en revisión 43/2003, relativo al juicio de amparo indirecto número 388/2002
-
Persona o institución mencionada
-
Ofilia Garza Salinas.
-
Evaristo A. Cadena Urista.
-
Juan Miguel Morno Salinas.
-
Noelia Moreno Fernandez