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Extensión
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6 fojas
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Resumen
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Ginebra, 26 de marzo. El día de ayer se publicó aquí el informe elaborado por Relator Especial sobre Tortura de la Organización de.
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Clasificación
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UAMC.MAGC.01
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Sobre
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Texto completo
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··············· ······ ······ ··· ······· ··· ····-········· ········· ······ ·· ·· ··· ·--·- ···-- -
COMISIÓN
MEXICANA
de DEFENSA y
PROMOCIÓN de
los DERECHOS
HUMANOS A.C.
Ginebr3 , Suiza , 26 de marzo de 1998
BOLETI~
DE PRENSA
R ELATO : ~ ESPECIAL DE LA ONU, NI GEL S. RODLEY , PUBLI CA INFORME SOBRE
LA TORTURA EN MEX ICO ; LO PRESENTARA ANTE LA COMIS I ON DE DERECHOS
HUMAN0:3 DEL ORGANISMO iNT ERNAC IONAL; LO ELABORO CON BASE EN SU
VISITA A MEXICO, EN AGOSTO DE 1997.
Gincbr<l , 26 de marzo . El día de ayer se publicó aquí el informe
elaborado po r Relator Especial sobre Tortura de la Organización de
las Na ::: iones Unidas , señor Nigel S. Rodl ey ,
en relac ió n con a
v i sita que rea lizó a México del 7 al 16 de agosto de 1997
( Docum~ ~ nto
E/CN.4/1998/38 /Add.2), y que presentará oficialmente
ante .~. :~ Com .i sió n de Derechos Humanos de la ONU en los pró ximos
dí as.
El informe , de má s de 40 cuarti l las, confi rma l o qu e han a f i rmado
las organizaciones c i viles de derech os huma no s na c ionales e
i nternécionales sobre la tortura en Méxi co .
El i n f or ~e señala que "l a tortura se infl i ge para obtener
confesiones e información" y que
«cont inúan dándose casos d e
t o rtura pes e a qu e México cuenta con un importante d es pliegue d e
garantías j uridic as que deberían hacer infrec.uen t e t ales caso s.
Añade que "se reconoció en general que los de fe nsores de o ficio no
reún en las ca li ficacio
nes necesarias, "a s i , " no ca b e contar c o n e 1
/
defensor de oficio para la defensa".
Indica t ambién que "l os
funci o n ar i os del Ministerio Público desempeñ an una fu n c i ón cla ve y
muchos de el lo s con sienten claramente la to rtura; de hec ho el
Mi ni st erio Públ . co ra r a vez enjuicia a l a policía en esos casos ".
Asim i sm J , i nform a que "mucho s médico s a ·l os que se pide qu e
•
recono2can a los detenidos parecen estar dispue stos a hacer lo de
manera superficiaJ o a expedir informes equívocos ".
Con r espect o al
humano~
i ndicó
sistema público de protección de los derechos
que
"las
comisiones
muest r an
u na
posic1on
inexpl.i c ada a considerar que se han ap lica d o s us recomendac iones
cuando , en la próctica , sólo se han aplica do par cial ment e ".
Rcl=J.tor Espe cial es cm-:.tundente al señalar que " e
personal
mi 1 i tar parece goza r de inmunidad frent e a l a justicia civil y
está p1 o teg id o en ge nera l por la justicia mj litar" .
1\ñade que n ·
l a CNDH n· el Procurador General Militar le inf ormaron de que "se
hubie r.¿, enj u iciado a personal mi 1 i tar específico por to rtura" .
De acu ~ ~rdo al documento elaborado por el Relator Especial de las
NacionE~s Unidas, se constató la parcialidad e .:nefic:ac ia de los
s i stemétS de procuración y administración de just ici a del país, en
todos 3US niveles, hac i endo señalamientos c laros en re lación co n
el fuero mili tar.
E:l
De igu<ll f orma e l
señor Rodley se extrañ ó po r la inopera ncia
de
alguna~; comis io ne~.> de derechos humanos públ · ca s ,
pa rt i c u larmen t e
de la Com .i s i ón Nacional de Derechos Huma 1 os qu e "n o se: oc;_¡pa
sj stcm2tticamen le
de
i.nsi s tir
en
el
c urnp J irn· enLo
de
sus
r ccome ltd aci on es ace rca de l os enjuiciami c nt ~ s ".
Aunque el exp e r t o no llega a afirmar de un a manera conlundente que
l a Lortura se practica sü;temáticamente en todas los par tes del
país , :>í c o ncl uye q u e "l a tortura y malos tratos a ná log o s ocurren
con f n~cuenc ia en mucha s par tes de México".
En su informe
recomer tdaci o nes
torturét.
el
Relator
Especial
e specíficas a Méxic o
sobre
a
fin
Tor tur a
hace
de erradicar
19
la
Las organizaci o nes abajo firmantes consideramos muy valioso el
c:iocumento da.du. la seriedad y sustento des de la s q ue se h ace n la s
a f irmac:iones .
Creemos
indispensable
que
las
a u t oridades
competE!ntes
der.
c umplimiento
cabal
y
expedit o
a
dichas
recomertdaciones.
La Red Naci onal de Organ i smos Civiles de Derechos Hu mano s, la Liga
Me xi cana p o r la Def ensa de los Derech o s Huma nos (LIMEDDH ) y la
Federac i ón de Fam iliares de Desaparecidos ( Fedefam-Méx ico) . Así
co mo 1 '1 S org a rL za ciones internacionales sigu~entet.J: Pax Chr is ti,
de
Al eman i <1 ;
7\sociación
Americana
de
Juris tas ;
Fe d e r a ción
Interné. cio n al de Lig a s de Organizaciones de Derechos Humanos ; la
'
·· ··· ····:· ····· ·· ·· ·:··· ··· ··· ······· ········ ····· ···· ···· ···· ···· ···· ····· ···· ····· ···· ···· ·· ······· ··· ······ ······· ·· ···· ······· ·············· ···· ····· ···· ······· ··· ·· ···· ···· ····· ···· ······ ···· ············ · l
.. .
.
Federa c i ó n de Acc i ón Cristiana para la Abolición de la Tortura Y
la Org 2 nizac i ón Mun dial Contra la Tortura.
Las
organizac i ones que conforman la Red Nac i onal de Organismos
11
Civile~: de Derecho s Humanos "Todos los derechos para todOS
son:
1.- A':ademia Jalisciense de Derechos Huma n os,
A.C.
(AJDH),
Guada l éjara, Jal . 2 .-Acción de los Cristiano s pa r a la Abo lición de
la To r t ura (ACAT), D.F. 3.- Asociación Ci vil para la Defensa de
los Derecho s Ciudadanos "Miguel Hidalgo", A.C. La Misi ó n, Hgo. 4.Asocia c: ión
Jalisc i ense de Apoyo a los Grupos Indígenas (AJAGI),
Guada l ajara, Ja.l. 5. -Centro de Derecho~; Human o s de l a Montaña
(Tl ach j.nollan, AC . ) , Tlapa, Gro. 6.-Centr o d e Dere c hos Human o s
"Lo s P::.-í nc i pes", Oaxaca, Oax. 7. -Centro d e Der echos Humanos "Fray
Bart olomé de La s
Casas", A.C. San Cristóbal de Las Casas, Chis.
8 .- Ce :1t r o de De r ec ho s Humanos "Fray Fran ci sco de Vi t o r ia O.P.",
A.C., D.F. 9.-C e ntro de Derechos Humano s "Mig uel Ag u s tín Pr o ",
A.C.
(PRODH), D.F. 10.- Centro de Dere c ho s Humanos "Tepeyac",
Tehuant:epec,
Oax.
11. -Centro de Derecho s
Indígenas
(CEDIAC),
Bacha j (¡n, Chis. 1 2 . - Ce ntro de Derechos I ndígen a s «Flo r y Canto»,
A.C., ')axaca, Oa x. 1 3. -Centro Diocesano de Derecho s Humanos «Fray
Matías de Có rdob a »,
Tapachula,
Chis.
14. -C e n t ro de Estud i os
Fronterizos y Promo ci ó n de los Derechos Humano s, A.C., Reynosa,
Tamps. 15.-Centro de Promoción y Defensa d e l o s Derec hos Humano s,
A.C. k:apulco, Gro. 16.-Centro Potosino de Dere c hos Humanos, A.C.
(CEPODHAC), San Lu i s Potosi, S.L.P. 17.- Ci udadanía Lagunera por
los DErechos Humano s, A.C., Torreón, Co ah. 18 .- Ciudadanos en
Ap o yo a l o s De r ech o s Humanos, A.C. (CADHAC), Mo nter r ey, N. L . 19.Co misi cm ' de Der ec ho s Humanos de la Asamblea de Barrios, D.F. 20 .Comi sion de Der e ch o s Humanos "La Voz de l os sin vo z", Coyu c a de
Beníte :: ,
Gro.
2 1.-Cornisión de Solidar i d a d y Defe nsa de l o s
Derecho s Humanos, A.C. (COSYDDHAC), Chihuahua, Chih. 22.-C omisión
Independiente de Derechos Humanos de More l o s, A.C., Cuer na vaca,
Mor. 23.- Comi si ó n Intercongregacional "Ju sti ci a, Pa z y Vida",
D.F. 2 '!.- Comi s i ó n Mexi c ana de Defensa y Promoci ó n de l o s Derechos
Humano~ ; , A. C ., D.F. 25.-Comisión para la Promoción y la Defensa de
los Derechos Humanos, A. e. UCI
Cerro del 4. Tlaquepaque, Jal.
26.- Comisión p ar a la Defensa de los Derechos Humanos, A.C.,
Jalapa, Ver. 27.- Comisión Regional de De r echos Humanos "Mahatma
Gandh i",
Tuxtepec,
Oax.
28.- Comité de Defensa y Apoyo a
Comunidades y Pueblos Indios (CODACPI), Guerrero . 29- Corr.i té de
DefenSél de las Libertades Indígenas (CDLI ) , Palenque, Chis. 3 0 . Comité de Derec ho s Humanos Aj usco, D.F. 31. -e entro de Derechos
H uman o ~ ;
« Don Sergio»,
A.C.,
Cuerna vaca,
Mo r.
32. - Comité de
Derech o s Humanos "Fr. Pedro Lorenzo de la Nada, O.P.", Oc o s i ngo,
Ch i s.
33.Com i té
de
Derechos
Huma n os
de
Co lima
(No
·'·
gubernamental), Colima, Col. 34.- Comité de Derechos Humanos y
Orientación Miguel Hidalgo, A.C. (CODHOMHAC ) , Dolores Hidalgo,
Gto . 3:.- Comité de Derechos Humanos Pueblo Nuevo, A.C., D.F. 36.Comi té
de
Derechos
Humanos
de
Tabasco,
A.C.
(CODEHUTAB),
Villahermosa, Tab. 37 .-Comité de Derechos Humanos de la Sierra
Norte de Veracruz, AC., Huayacocotla, Ver. 38.- Comité Sergio
Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo., A.C. 39.Programa Uni ver si tar io de Derechos Humanos . UIA- León, León, Gto.
40.-.Frente Cí vico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos,
Culiac2tn, Sin. 41.- Grupo de Derechos Humanos "Gui zar y Valencia",
Ixhuat l án del Café, Ver. 42. -Grupo de Derechos Humanos "MatzaItza11, Tomatlán, Ver. 43.- Grupo Indignació n , AC, Mérida, Yuc.
4 4.- In~;t i tu to Guerrerense de Derechos Humanos, A.C., Chi lpancingo,
Gro. 4).- Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A.C.
(IMDEC:, Area de Derechos Humanos. Guadalajara, Jal. 46.- Programa
Uni ver::;i tario de Derechos Humanos del ITESO, Guadalaj ara, Jal.
47.Servicio
Paz
y
Justicia.
México.
D.F.
48.Taller
Univer:3itario de Derechos Humanos (TUDH), D.F.
El
Relator Especial hizo las siguientes Recomendaciones:
• t:o~ift'n
Vi'
Se insta encarecidamente a México a que examine la posibilidad
\tfe ratificar el Protocolo Facultativo a l Pacto Internacional de
Derech0s civiles y Políticos y hacer la declaración previst~ en el
artículo 22 de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o
Penas crueles, Inhumanos o Degradantes, para permitir así el
derechJ de petición individual al Comité de derechos Humanos y al
Comité Contra la tortura, respectivamente. Se insta análogamente a
estudi~r la posibilidad de ratificar el Protocolo Adicional II a
l~s Ccnvenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativos a la
proteccióh de las víctimas de los conflictos armados sin carácter
internacional, y de hacer la declaración prevista en el articulo
62 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos concerniente
a la jurisdicción obligatoria de la Corte Interamericana de
derechos Humanos.
Ui¿~ Debe establecerse un sistema de inspección independiente de
~dos los lugares de detención por expertos reconocidos y miembros
respetados por la comunidad local.
Debe hacerse extensivo a todo el país el sistema de grabar en
cinta los interrogatorios aplicado en una comisaria de la Ciudad
· de México.
e)
d) No debe considerarse que las declaraciones hechas por los
detenidos tengan un valor probatorio a menos que se hagan an te un
juez.
.
f) · Debe· revisarse radicalmente el sistema de los defe n s o res
oficio
a
fin
de
garantizar
una me.j ora
sustancial
de
compet<~ncia, remun e r a ción y condición j ur idica.
g) Det•e vigilarse atentamente la base de datos de agen t es
po l icí c1 destituidos para asegurarse de que no sea n transferidos
una ju:::- isdicción a otra.
h)
de
su
de
de
Tedas
la
Procuradurías
Generales
de
Just i cia
deberian
un sistema de rotación entre l o s miembros de la policía
y el Hin i sterio Público, para disminuir e l riesgo de establecer
vincul ·JS que puedan conducir a prácticas cor r uptas .
establ~cer
. .i fl)) Lo5 procurado res y jueces no deben co n si derar necesariame n te
~~'-Yue le falta de señales corporales que p udi e ran c o rr ob o rar las
a l egaciones de tortura demuestre que esas alegaci ones sean falsas .
.,.{j') Lo:; delitos graves perpetrados por personal mi litar contra
¡iJP·'"é1vile
s , en par t icular la tortura u otro s t ratos o penas crueles,
11
V
inhumanos o degradantes, deben ser reconoc i dos por la justicia
civil, con independencia de que hayan o curr i do en acto de
servicio.
k)
DE ~ be
enmendarse
el
Código
Penal
Mili t ar
para
incluir
expresamente el delito de tortura infligida a pers onal militar,
como Es el caso de l Código Penal Federal y de la ma yor í a de los
códigos de los Estados.
t~~ffÍ(Í)) Lo :; méd i cos
fV
asignados a la protecci ón, a t enc i ón y trato de
pri vadas
de
libertad
deben
ser
emp l eados
con
independen c ia de l a ins t itución en que eje rza n su p ráctica; deben
ser fcrmados en las normas internacional e s pe rti ne n tes, incluidos
los Principios de ética médica aplicabl es a la función del
personal de salud, especialmente
l os mÉdicos, en la protección de las pers ona s presas y detenidas
contra la tortura y otros tratos o penas cr u eles, inhumanos o
degradantes . Deb en t ener derecho a un nivel de remuneración y
condiciones de trabajo acordes con su fun c i ón de profesionales.
~rsonas
m) Debe apoyarse la iniciativa de la Comisión Nacional de Derechos
Humanos para mejorar la ley relativa a la indemn i zac i ó n de las
víctim~s de violaciones de los derechos huma no s.
tHAb
'1rt Hab i da cuenta del escaso celo con que el Ministerio Público ._
enjuicia l os de li t o s c ometidos por func ionar io s público s, debería
la
posibilidad
de
establecer
una
procuraduría
encargada de esos enjuiciamientos, nombrada tal vez
por el Congreso y responsable ante éste.
estudi~rse
indepe~diente
~. ~1@ Deben promulgarse leyes para que las víctimas puedan impugnar
pv
ante la magistratura la renuencia del Mi nisterio
incorp•Jrar procedimientos en casos de derechos humanos.
Público
a
Mfflr;J'¡ Debe
establecerse un limite legal a la duración de l as
~· ~est .Lgaciones de casos de derechos humanos, inc l uida la tortura,
realizddas por las procuraduría, con independencia de que esas
invest i gaciones obedezcan a recomendac i ones hechas por una
comisión de derechos humanos. La ley debería también prever
sanciones cuando no se respeten esos plazos.
iill
Deben
adoptarse
medidas
para
garan t izar
que
las
de
comisiones
de
derechos
humanos
sean
adecuadamente aplicadas por las autoridades a las que van
dirigidas. Sería conveniente la participación a este respecto de
la rama legislativa y ejecutiva a nivel nacional y estatal.
r) Deben realizarse esfuerzos para incrementar la conciencia entre
el per~;onal de las procuradurías y de la judicatura de que no debe
tolerarse la tortura y que los responsables de ese delito deben
ser sancionados.
Li0~~')?e'comendaciones
s) DebE ~ n investigarse a fondo los casos de amenazas e intimidación
contra defensores de los derechos humanos.
(Documento, E/CN.4/1998/38/Add.2, pp. 22-27)
-
Materia
-
Relator especial de la ONU, Nigel S. Rodley, publica informe sobre la tortura en México, lo presentará ante la Comisión de drechos Humanos del Organismo Internacional, lo elaboró con base en su visita a México, en agosto de 1997.
-
Persona o institución mencionada
-
S/P