-
Extensión
-
3 fojas
-
Resumen
-
Términos de referencia conforme a los cuales se seleccionarán los peritos que lleven a cabo la verificación de la prueba técnica producida dentro de la Averiguación Previa No. FDCUAUSD04/2576/01 -10, iniciada por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por el homicidio de Digna Ochoa y Plácido..
-
Tipo
-
Escrito
-
Clasificación
-
UAMC.MAGC.01
-
Sububicacion
-
Sobre
-
Texto completo
-
(Borrador 4, presentado por el Centro Prodh)
TÉRMINOS DE REFERENCIA CONFORME A LOS CUALES SE SELECCIONARÁN LOS
PERITOS QUE LLEVEN A CABO LA VERIFICACIÓN DE LA PRUEBA TÉCNICA
PRODUCIDA
DENTRO
DE
LA
AVERIGUACIÓN
PREVIA
No.
FDCUAHT/03/USD04/2576/01 -10, INICIADA POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE
JUSTICIA DEL DISTRiTO FEDERAL, POR EL HOMICIDIO DE DIGNA OCHOA Y
PLÁCIDO.
ANTECEDENTES:
l.
El día 19 de octubre de 2001, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
(PGJDF), inició la Averiguación Previa No. FDCUAHT/03/USD04/2576/0l-10, por el
homicidio de Digna Ochoa y Plácido, en la cual el Centro de Derechos Humanos
Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) está reconocido como coadyuvante.
II.
Durante la investigación que se lleva a cabo dentro de la averiguación previa
mencionada, el equipo de servicios periciales de la PGJDF produjo diversos estudios
técnicos respecto del escenario en el cual fue encontrado el cadáver de la abogada
Digna Ochoa y sobre el propio cadáver.
III .
A fm de verificar la solidez del procedimiento y resultados que dichos estudios
produjeron, la coadyuvancia ejercida por el Centro Prodh solicitó · a la PGJDF la
verificación de los mismos, solicitud que fue acordada de conformidad por la PGJDF.
IV.
La Averiguación previa de referencia, se encuentra relacionada con el Caso No. 12.299,
denominado Digna Ochoa y otros, que se tramita ante la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH).
V.
En el marco del caso que se tramita ante la CIDH, los peticionarios en el mismo
(Centro por la Justicia y el Derecho Internacional y el Centro Prodh) reiteraron su
solicitud de verificación de la prueba técnica, obteniendo la anuencia y disposición para
llevarla a cabo, tanto por la representación de la PGJDF como por la representación del
Gobierno mexicano.
VI.
Con el prop<?sito de implementar la medida de verificación de referencia, la PGJDF y el
Centro Prodh, sucesivamente, solicitaron por escrito a la CIDH, que en ampliación de
la medida de cooperación técnica que ha implementado para fortalecer las posibilidades
de la Averiguación de referencia, aporte los peritos que se requieren para llevar a cabo
la verificación acordada, solicitud que se encuentra pendiente de respuesta por parte de
la CIDH.
VII.
La PGJDF y el Centro Prodh han acordado que, independiente de la vía por la que
llegue a implementarse la medida de verificación de la prueba técnica, se sujetará a los
siguientes,
TÉRMINOS DE REFERENCIA
l. Mecanismo de búsqueda de los peritos. Los presentes términos de referencia
servirán de base a las organizaciones, instituciones o gobiernos que han contactado
o puedan contactar la PGJDF, al Centro Prodh y en su caso a la propia CIDH, para
la búsqueda de candidatos que puedan reunir el perfil requerido para llevar a cabo
la verificación, por lo que cada parte contará con w1 tanto del presente documento,
del cual podrán entregar copia a las organizaciones, instituciones o instancias
gubernamentales que colaboren en la búsqueda de candidatos.
2. Aprobación requerida para seleccionar los peritos. Si los peritos son aportados
como parte de la cooperación de la CIDH, como se espera, será dicho órgano quien
los seleccione tomando en cuenta los presentes términos de referencia. Si no fuere
así, la selección de peritos deberá ser aprobada por la PGJDF y el Centro Prodh en
su carácter de coadyuvante.
3. Materias sobre la que debe versar la verificación. Las materias sobre la que
versará la verificación a que se refieren los presentes términos de referencia son:
Criminalística, balística y medicina forense.
4. Actuaciones que serán objeto de verificación. La PGJDF, integrará tm paquete de
la prueba técnica producida en la escena de los hechos en el que fue encontrado el
cadáver de la abogada Digna Ochoa y una copia del mismo será entregada a cada
uno de los peritos que resulten seleccionados, a fin de que verifiquen tanto el
procedimiento como la validez de los resultados que dicha prueba reporta. Para
dicho análisis tendrán en cuenta el contexto del caso (el trabajo, la vida personal de
la abogada, etc.) y emitirán w1a opinión respecto de cuáles líneas de investigación
son las más indicadas, revisando también los trabajos que se han llevado a cabo
respecto de cada línea.
S. Facilidades que ofrecerá la PGJDF a los peritos para llevar a cabo su trabajo.
Además de la copia del paquete probatorio a que se refiere el punto anterior, la
PGJDF pondrá a disposición de los peritos, el acceso a todo el expediente de
Averiguación Previa, los recursos institucionales con los que cuenta en especial la
colaboración del personal de la Dirección de Servicios Periciales de la propia
institución, con instrucciones para que, si los peritos lo consideran necesario,
puedan contar con la posibilidad de repetición de pruebas o explicación de
procedimientos y metodología utilizada.
6. Elementos que proporcionará la coaduvancia a los peritos para llevar a cabo
su trabajo. El Centro Prodh pondrá a disposición de los peritos los elementos que
estén a su alcance y que considere que puedan contribuir a la mejor realización de
su trabajo, así como los apoyos que soliciten los propios peritos y esté a su alcance
proporcionarles.
7.
Perfil de los peritos. Para alcanzar el propósito de la verificación de referencia, el
perfil que se requiere de los peritos es:
a. Acreditación de tener la calificación técnica en la materia requerida.
b. Tener experiencia en el ejercicio profesional de la materia para la cual
tiene calificación.
c. Ser originario y ejercer profesionalmente en cualquier país distinto de
México.
d. Tener posibilidades de desplazarse a la Ciudad de México el tiempo
necesario para llevar a cabo los trabajos de verificación que se requieren.
e. Preferentemente hablar español.
8. Plazo para llevarse a cabo. Dado el estado actual de la averiguación previa, se
requiere que la verificación de la prueba se lleve a cabo a la mayor brevedad, por lo
cual se ag"lizarán los trámites para lograr su implementación lo antes posible.
9. De los gastos y honorarios que se deriven de la verificación. La PGJDF y el
Centro Prodh y según su conocimiento, la propia CIDH, son conscientes de la
necesidad de asegurar a los peritos que lleven a cabo la verificación los gastos y
honorarios que la misma genere. A fin de proveer lo necesario se requiere que los
candidatos que reúnan el perfil descrito, que tengan posibilidades de desplazarse a
la Ciudad de México, D. F., para llevar a cabo la verificación referida, jtmto con su
currículum envíen a la PGJDF, a la CIDH y al Centro Prodh, un presupuesto de
gastos y honorarios que requieran en caso de ser aprobada su participación.
10. Del valor jurídico de los resultados. Los resultados de la verificación que se lleve
a cabo de acuerdo con los presentes términos de referencia, serán agregados por la
PGJDF como elemento probatorio dentro de la averiguación previa a que se hizo
mención y cubrirán las formalidades necesarias para que surtan efectos jurídicos.
En la Ciudad de México, D., F., a los .. .. .. .... ... días del mes de ...... .. ..... .. de 2002.
PORLAPGJDF
POR EL CENTRO PRODH
LIC. RENATO SALES HEREDIA
SUBPROCURADOR DE AVERIGUACIONES
PREVIAS CENTRALES
LIC. EDGAR CORTEZ MORALEZ
DIRECTOR
-
Materia
-
Borrador 4, presentado por el centro Prodh
-
Persona o institución mencionada
-
Digna Ochoa y Plácido.
-
Renato Sales Heredia.
-
Edgar Cortez Morales