-
Extensión
-
1 foja
-
Resumen
-
Por decreto presidencial, publicado en el Diario Oficial que entra en vigor hoy, los concesionarios del sistema de televisión por cable no deberán insertar anuncios comerciales en sus transmisiones en virtud de que las tarifas vigentes que cubren los suscriptores del servicio permiten que este sea económicamente autosuficiente..
-
Tipo
-
Artículo periodístico
-
Clasificación
-
UAMC.MAGC.01
-
Sububicacion
-
Sobre
-
Texto completo
-
va~tevisión no deberá llevar
anuncios, por decreto presidencial
Por decreto presidencial,~o establecen que los suscrippublicado en el Diario Ofic1~ res de este servicio pagan
na tarifa que al autorizarse
que entra en vigor hoy, los
concesionarios del sistema de tomó en cuenta las invertelevisión por cable no deberán
'ones, costos, gastos de opeinsertar anuncios comerciales ración, utilidad para el conceen sus transmisiones en virt~
sionario y participación del Gode que las tarifas vigentes qu
bierno Federal.
cubren los suscriptores del ser.
..
ViCiO permiten que éste seél\. ' Se. preCISa tamb1en que la
económicamente autosufi .V\. lev1s1ón por. ~able ha alc~n
ciente.
\ zado su estab1hdad económ1ca
El decreto reforma cinco de tal forma que las fuentes de
artículos del Reglamento del
ingr~so provenie~~es de la inServicio de Televisión por ser<;iiflí. ~e pubhc!dad en. laJI'
Cable y se precisa que las _ ttll'fismlsl.o.o.es son ~necesanai.
transmisiones de la programa:;,
ción generada localmente ..o
procedente de estaciones radiodifusoras de televisión nacionales, locales o remotas,
deberán carecer de anuncios
comerciales.
Se establece en el artículo
86 que la programación generada en el extranjero deberá
jistribuirse sin propaganda al~una .
/
'l-os considerados del dec~-
-
Materia
-
Cablevisión
-
televisión